T-769 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Wilson Hernan Barrios Nieto·Respondent Registraduria Nacional Del Estado Civil Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Frente a entidades particulares del sistema financiero y asegurador
- Marco legal y doctrinario del riesgo asegurable como elemento esencial
- Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
- Se expidió póliza exigida para inscripción de candidatos ante la Registraduría
- La exigencia de contragarantías por parte de aseguradoras desnaturaliza el contrato de seguro y constituye barreras de acceso a los procesos democráticos
- Requisitos para la inscripción de candidatos o listas de movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos
- Vulneración al exigir CDT para expedir póliza de seriedad en candidatura, por cuanto se desnaturalizó el contrato de seguro y se creó una barrera de acceso a proceso democrático de concejal
- Límites constitucionales en el ejercicio de actividades que involucren un interés público
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La vulneración de derechos fundamentales por parte de la aseguradora accionada se atribuye, a la decisión de supeditar la expedición de la póliza de seriedad de candidaturas requerida por el actor para inscribir la lista del grupo de ciudadanos denominado “Renovación Municipal” al Concejo Municipal de Puerto López (Meta), para las elecciones de octubre del 2015, a la constitución un CDT endosado a su nombre.
Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.
La carencia actual de objeto. 2º.
La procedencia de la acción de tutela contra particulares, específicamente contra entidades del sistema financiero y compañías aseguradores. 3º.
La normativa sobre el registro de candidatos no inscritos por partidos o movimientos políticos y, 4º.
La naturaleza del contrato de seguro y el contrato de seguro de cumplimiento.
Se declara la carencia actual de objeto porque la pretensión de la expedición de la póliza se materializó antes de que el juez constitucional se pronunciara al respecto, toda vez que el actor voluntariamente constituyó la contragarantía solicitada para otorgar dicho seguro.
Además, porque no se configuró ningún perjuicio irremediable y, porque la accionada actuó en ejercicio de la autonomía de que trata el Código de Comercio.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DECLARAR la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO en el asunto bajo estudio, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Por Secretaria General librar las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.