T-301 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Maria Aurora Valencia Oviedo Yotros·Respondent Tribunal Superior De Bogota, Sala Civil
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por no configurarse defecto sustantivo, por cuanto los argumentos en proceso civil de pertenencia, se fundaron en una legítima interpretación sistemática de la normatividad y jurisprudencia apl
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Se debió estudiar a fondo sobre prescripción adquisitiva para vivienda de interés social
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se ataca las decisiones judiciales adoptadas en el marco de varios proceso de pertenencia de vivienda de interés social iniciados por los accionantes en contra de Corabastos .S.A.
Se aduce que con dicho fallo se vulneraron derechos fundamentales al haber incurrido en un defecto sustantivo, en tanto se realizó una interpretación aislada del numeral 4º del artículo 407 del Código de Procedimiento Civil, cuando se debió efectuar una hermenéutica sistemática de dicha disposición junto con lo dispuesto en las leyes 9ª de 1989, 80 de 1993 y 489 de 1998.
Concretamente alegaron los actores, que un análisis de dichos cuerpos normativos en su conjunto hubiese permitido concluir que si bien Corabastos es una sociedad de economía mixta, no es una entidad de derecho público y por tanto, está sometida al derecho privado, con lo cual es viable la declaración judicial de pertenencia de sus bienes inmuebles.
También argumentaron un desconocimiento del precedente horizontal, porque en un caso similar la Corporación Judicial demandada accedió a la pretensión de pertenencia esbozada por poseedores de predios desenglobados del mismo fundo de mayor extención de propiedad de Corabastos, del cual también hacen parte los inmuebles que poseen los actores.
Luego de reiterar jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, concluye la Sala que la autoridad demandada no incurrió en el defecto sustantivo alegado.
Se DENIEGAN.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR los fallos proferidos por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, los dias 5, 6 y 7 de noviembre de 201488, dentro de las acciones de tutela presentadas por (i) Maria Aurora Valencia Oviedo, (ii) Ana Rita Leal Avila, (iii) Lucas Evangelista Patino Duarte y Alix Maria Nunez, (iv) Gladys Bermudez de Gaviria, (v) Oscar Marino Sanchez Pineda, (vi) Jorge Anyelo Castillo Delgado, (vii) Maria Ines Silva Devia, (viii) Raquel Huerfano Acuna, (ix) Cesar Evencio Bonilla Velasquez, (x) Lucila Rodriguez Garcia, (xi) Luz Edit Sanchez Pineda, (xii) Juan Ricardo Garzon Nino, (xiii) Ernesto Castro Posso, (xiv) Gloria Esperanza Garzon Cardenas y (xv) Henry Morales Garcia, contra la Sala de Decision Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota.
- SEGUNDO. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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