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Tutela ruling (T)May 27, 2016

T-277 de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant David Santiago Rosero Burbano·Respondent Universidad Del Cauca

✓
Topic · hard data
Derecho A La Educacion. Deber De Solidaridad Social.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Fundamental A La Educacion
  • Orden a Universidad liquidar de nuevo el valor de la matrícula de la carrera del accionante, atendiendo sus actuales circunstancias socioeconómicas
  • Orden a Universidad reactivar el incentivo de exoneración del 50% del valor de la matricula al accionante
  • Protección por tutela
Contrato De Educacion
  • Naturaleza y características
Autonomía Universitaria
  • Límites constitucionales
  • Facultad para expedir reglamentos con amplio margen de autodeterminación, limitada por el respeto de los derechos fundamentales y la garantía al debido proceso
Derecho A La Educación
  • Contenido, desarrollo jurisprudencial y naturaleza
  • Elementos
Educación
  • Derecho fundamental y servicio público con función social
6 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de la Universidad del Cauca se atribuye a la negativa de reliquidar el valor de la matrícula del actor, con el fin de garantizar su permanencia en la institución y la continuación de sus estudios en Ingeniería Ambiental.

La petición se fundamentó en la nueva y difícil situación económica que afronta el estudiante, el deseo de continuar su carrera y su excelente desempeño académico.

La accionada adujo que su reglamento consagra una regla que impide, de manera general, revisar la situación socioeconómica de los estudiantes con posterioridad a su ingreso, a efectos de reliquidar el valor de la matrícula.

Se reiteran reglas jurisprudenciales relativas a: 1º.

Contenido, desarrollo jurisprudencial y naturaleza jurídica del derecho a la educación. 2º.

Los límites a la autonomía universitaria. 3º.

La ponderación entre dicha autonomía y el derecho a la educación y, 4º.

El contrato de educación y el principio de solidaridad social.

Se TUTELAN los derechos a la educación, al mínimo vital y a la dignidad humana y, se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los mismos.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (15 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR las sentencias de tutela de primera y segunda instancia proferidas respectivamente por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Popayan y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan, a traves de las que se nego el amparo de los derechos invocados por el actor. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la educacion, al minimo vital y a la dignidad humana en favor de David Santiago Rosero Burbano.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Universidad del Cauca que dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, inicie el proceso administrativo orientado a establecer, a la luz de lo establecido en esta sentencia (fundamento juridico 66), la procedencia de liquidar de nuevo el valor de la matricula de la carrera de Ingenieria Ambiental del estudiante David Santiago Rosero Burbano, atendiendo sus actuales circunstancias socioeconomicas. Para ello podra solicitar al estudiante los documentos o pruebas que se requieran a efectos de valorar su capacidad economica.
  4. TERCERO. ORDENAR a la Universidad del Cauca que despues de realizar el proceso de reliquidacion de la matricula, reactive el incentivo de exoneracion del 50% del valor de ella, sin considerar para estos efectos la matricula parcial que tuvo que realizar el estudiante.
  5. CUARTO. ORDENAR a la Universidad del Cauca que dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, inicie el proceso de modificacion del reglamento a efectos de prever mecanismos que permitan reliquidar el valor de la matricula de aquellos estudiantes que demuestren un cambio sustancial en la situacion socioeconomica en la que se encontraban al momento en el que se fijo su valor.
  6. QUINTO. ORDENAR a la Universidad del Cauca que dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, remita un informe del cumplimiento de este fallo con destino al Juzgado
  7. Primero. Laboral del Circuito de Popayan.
  8. SEXTO. Por la Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
  9. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  10. Magistrado
  11. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  12. Magistrado
  13. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  14. Magistrada
  15. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela
Cited by47
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The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.