C-284 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Iván Humberto Escrucería Mayolo
✓Claimant Andres Eduardo Dewdney Montero·Respondent Ley 30 De 1992, Articulo 98
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Cargo por vulneración del principio de igualdad
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Requisitos mínimos
- Fundamento
- Desarrollo normativo
- Objetivos
- Libertad de configuración legislativa
- Características
- Elemento esencial del desarrollo humano
- Instrumento de cambio, igualdad y democracia
- Consagración en instrumentos internacionales
- No es absoluto
- Servicio público con función social
- Consecuencias en virtud de la naturaleza de servicio público
- Contenido
- Dimensiones de contenido prestacional
- Límites
- Criterios para evaluar la razonabilidad y proporcionalidad de una medida limitante
- No son absolutas
- Contenido normativo
- Norma acusada que excluye el ánimo de lucro, se ajusta a la Constitución
- Parámetros que justifican tal reconocimiento
- Jurisprudencia constitucional
- Estrecha relación
- Clasificación según carácter académico y naturaleza jurídica
- Propósitos
- Importancia
- Dimensiones
- Derecho fundamental y servicio público con función social
- Fijación de condiciones no puede entenderse violatoria de la libertad económica y la iniciativa privada
- Sujeción a regulación, vigilancia y control por parte de las distintas autoridades públicas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 98 (parcial) de la Ley 30 de 1992, por la cual se organiza el servicio público de la educación superior.
El demandante aduce que el aparte normativo acusado vulnera los artículos 13 y 333 de la Constitución.
Considera que el legislador en ejercicio de la libertad de configuración normativa ha regulado servicios públicos en distintas materias como salud, banca central, entre otros permitiéndole a los particulares prestarlos con ánimo de lucro, mientras que tratándose de la educación superior establece que debe ser a través de personas jurídicas de utilidad común, sin ánimo de lucro, organizadas como corporaciones, fundaciones o instituciones de economía solidaria, lo cual encuentra discriminatorio y además lesivo del derecho a la libre empresa.
La Corte concluye que la disposición demandada se ajusta a la Carta Política y por ello decide declararla EXEQUIBLE.
What it decided
Holdings on Ley 30/92. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- administrando justicia en nombre del pueblo, y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos examinados, la expresion "de utilidad comun, sin animo de lucro, organizadas como corporaciones, fundaciones o instituciones de economia solidaria" contenida en el articulo 98 de la Ley 30 de 1992.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.