T-248 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Union Sindical Obrera De La Industria Del Petroleo·Respondent Ecodiesel Colombia S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inexistencia por cuanto se presentan hechos nuevos
- Derecho subjetivo, de carácter voluntario, relacional e instrumental
- Dimensiones
- Requisitos de procedibilidad
- Orden a empresa acatar la resolución del Ministerio del Trabajo relacionada con el inicio de las conversaciones con la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo
- Vulneración por la omisión reiterada de una empresa de iniciar conversaciones colectivas con el sindicato, aun cuando existe una Resolución del Ministerio del Trabajo ordenando su inicio
- Garantía constitucional
- Configuración
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El hecho al que se le endilga la vulneración de los derechos al trabajo, a la asociación sindical y a la negociación colectiva, al igual que el incumplimiento de los convenios 87 y 88 de la OIT sobre libertad sindical, protección del derecho de sindicalización y organización del servicio del empleo, es la negativa de la empresa ECODIESEL COLOMBIA S.A. de iniciar el proceso de negociación colectiva con la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo, argumentando irregularidades en la afiliación al sindicato y en el pliego de condiciones.
Se reitera jurisprudencia relacionada con los derechos a la asociación sindical y a la negociación colectiva y se concluye que la omisión reiterada de la empresa accionada de iniciar conversaciones colectivas con el sindicato a pesar de existir una Resolución del Ministerio del Trabajo ordenando su inicio, desconoce la fuerza vinculante de las decisiones de dicha entidad, es una práctica antisindical y vulnera garantías de estirpe constitucional, pues obstruye de manera injustificada y desproporcionada la realización del proceso de negociación.
SE CONCEDE DE MANERA TRANSITORIA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (13 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Barrancabermeja del 9 de julio de 2013 que revocó la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de Barrancabermeja del 28 de mayo de 2013, que concedió el amparo constitucional. En su lugar, CONCEDER de manera transitoria el amparo del derecho a la asociación sindical y a la negociación colectiva de la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo.
- SEGUNDO. ORDENAR a la empresa Ecodiesel Colombia S.A., que en el término máximo de cuarenta y ocho (48) horas, a partir de la notificación de esta sentencia, acate la orden emanada del Ministerio del Trabajo relacionada con el inicio de las conversaciones con la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo.
- TERCERO. La orden proferida en esta sentencia se mantendrá hasta tanto el juez natural se pronuncie respecto de las irregularidades planteadas por la empresa Ecodisel Colombia S.A., en la respuesta de la demanda de tutela.
- CUARTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
- Magistrado
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
- Magistrado
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.