T-211 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Diana Rocio Solis Leal Y Otro·Respondent Colpensiones Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Prohibición, so pena de perder derecho al régimen de transición
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se atribuye a las entidades accionadas la vulneración de garantías fundamentales de los accionantes, al negarles el traslado del régimen de ahorro individual con solidaridad, al régimen de prima media con prestación definida, argumentando que, de conformidad con el artículo 13 literal e) de la Ley 100 de 1993, para el momento de la presentación de las solicitudes de traslado les faltaban menos de 10 años para pensionarse.
Se reiteran las reglas que, conforme con la Constitución y la ley ha fijado la jurisprudencia de la Corporación en materia de traslado del régimen de ahorro individual con solidaridad al régimen de prima media en el caso de los beneficiarios del régimen de transición.
En ambos casos se NIEGA el amparo solicitado y se dispone correr traslado a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura o a quien corresponda, para que inicien las actuaciones correspondientes en relación con las posibles fallas disciplinarias incurridas por el juez que adoptó las decisiones, al haber proferido fallos de tutela sin tener en cuenta los elementos probatorios aportados en los respectivos procesos y, abiertamente contrarios a las reglas establecidas en la Ley 100 de 1993 con las reformas que ha incorporado la Ley 797 de 2003; al precedente constitucional fijado por esta Corporación, concretamente en la Sentencia SU.130/13.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido, el dia 10 de septiembre de 2015 bajo el radicado 5.285.185 por el Juzgado
- Primero. Civil Circuito de Rionegro-Antioquia, el cual ordeno a la Administradora del Fondo de Pensiones Colfondos S.A., autorizar el traslado de Diana Rocio Solis Leal a la administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, trasladando en este la totalidad del ahorro depositado en su cuenta individual, por las razones expuestas en esta providencia. En su lugar NEGAR la proteccion de los derecho fundamentales invocados.
- SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido el dia 16 de septiembre de 2015 bajo el radicado 5.285.191 por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Rionegro- Antioquia el cual ordeno a la Administradora del Fondo de Pensiones Porvenir S.A., autorizar el traslado del senor Jorge Ivan Castano Bedoya a la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, trasladando en este la totalidad del ahorro depositado en su cuenta individual. En su lugar NEGAR la proteccion de los derecho fundamentales invocados.
- TERCERO. DAR TRASLADO a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura o a quien corresponda, para que inicien las actuaciones correspondientes en relacion con las posibles fallas disciplinarias incurridas por el juez que adopto las decisiones, al haber proferido fallos de tutela, sin tener en cuenta los elementos probatorios aportados en los respectivos procesos, y abiertamente contrarios a las reglas establecidas en la Ley 100 de 1993, con las reformas que ha incorporado la Ley 797 de 2003 y al precedente constitucional fijado por esta Corporacion concretamente, en la Sentencia SU-130 de 2013 y no haber tenido en cuenta los elementos aportados por los accionantes en los respectivos procesos.
- CUARTO. Librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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