T-207 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Lady Mireya Arias Rodriguez Y Otro·Respondent Saludcoop Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Traslado de EPS
- Traslado de EPS no puede suponer la suspensión del servicio médico
- Caso en que se incumplió el deber previsto en el artículo 31 del decreto 1703/02
- Procedimiento era hacer la consulta y luego comunicar a los accionantes la situación de múltiple afiliación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al acceso a la seguridad social y a la libre escogencia en conexidad con el debido proceso de afiliados que fueron excluidos del sistema de salud por multiafiliacion, debido a que la eps incumplio, entre otros, los deberes de consultar la respectiva base de datos, informar a la eps a la cual se encontraban afiliados anteriormente sobre su solicitud de afiliacion y notificarles sobre la eventual multiple afiliacion. <br>solicitan les sea reestablecido el servicio de salud.
La sala estimo que la entidad accionada, al suspender el servicio de salud bajo el argumento de que los tutelantes no reunian los requisitos correspondientes pese a haberlos afiliado, vulnero sus derechos fundamentales.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado Veintinueve (29) Penal Municipal de Medellin y el Juzgado Veintitres (23) del Circuito con Funciones de Conocimiento, dentro del proceso de referencia, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales del debido proceso, de defensa de los senores y el de acceso a la seguridad social de los senores Jorge Ivan Alvarez Casas y Lady Mireya Arias Rodriguez.
- SEGUNDO. ORDENAR a la EPS Saludcoop a prestar la atencion medica que requieran los senores Jorge Ivan Alvarez Casas y Lady Mireya Arias Rodriguez, hasta tanto realice la correspondiente actuacion administrativa con el fin de determinar la entidad prestadora de salud que, segun las normas legales, deba prestarles el servicio en salud a los demandantes, la cual debe garantizar los derechos fundamentales de defensa y del debido proceso de los demandantes, la jurisprudencia constitucional y las normas aplicables.
- TERCERO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.