T-201 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Nelly Culma De Ducuara Y Otras·Respondent Hernan Tique Capera Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Criterios para solución de conflictos que puedan presentarse
- Caso en que se realiza cobro de dinero por uso de una servidumbre de paso, decisión tomada por la Asamblea General de la comunidad indígena
- Cobro por servidumbre de paso se considera una forma de trabajo colectivo y no un tributo
- Parámetros que ha establecido la Corte Constitucional
- Improcedencia de tutela para proteger derecho a la locomoción y al trabajo, por cuanto cobro por servidumbre de paso, no afecta a la comunidad ya que existe otro camino de ingreso
- Decisión de cobro por servidumbre de paso está protegida bajo la autonomía de comunidad indígena, independientemente si se considera forma de trabajo comunitario o si se considera tributo
- Reiteración de jurisprudencia
- Criterios para resolver tensiones
- Reconocimiento de la autonomía indígena exige que, en principio, el Estado y por lo tanto el juez de tutela se abstenga de involucrarse en los conflictos internos
- Reglas para la solución de conflictos internos
- Jurisprudencia constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitan al juez de tutela ordenar al Gobernador del Resguardo Indígena Pijao “El Tambo”, permitir de manera libre y sin restricciones a los miembros de su comunidad, el uso de la servidumbre de tránsito vehicular y peatonal que ha sido utilizada por más de sesenta años y que les permite el ingreso a su territorio, Esto, en virtud de la decisión adoptada por las autoridades indígenas de realizar un cobro de diez mil pesos a toda persona que transite, por cualquier medio, dicha servidumbre.
Se analizan los siguientes temas: 1º.
Los fundamentos constitucionales de la autonomía de las comunidades indígenas. 2º.
El precedente sobre las competencias contenidas en la autonomía de estas comunidades, precisando los límites constitucionales a la misma y las reglas jurisprudenciales sobre casos de conflictos entre las autoridades indígenas y los miembros de sus pueblos.
No obstante de confirmar las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo solicitado, se exhorta a las autoridades accionadas para que exploren alternativas de diálogo que permitan generar consensos entre los miembros de la parcialidad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR los fallos proferidos por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Natagaima (Tolima), del veintinueve (29) de julio dos mil quince (2015) en primera instancia, que confirmo la del Juzgado
- Primero. Civil del Circuito del Guamo (Tolima) del catorce (14) de septiembre del mismo ano, en segunda instancia, en cuanto denegaron la proteccion de los derechos a la libertad de locomocion, al minimo vital, el derecho al trabajo, y a la vida de Nelly Culma de Ducuara, Fidel Yara Conde, Fredy Santa Tique, Saray Ducuara Culma, Agustin Urbano, Ismael Trujillo, Tomas Narvaez Matoma y Orlando Conde, en su calidad de miembros de la Comunidad Indigena "El Tambo" .
- SEGUNDO. EXHORTAR a las autoridades de la Comunidad Indigena Pijao de "El Tambo" para que exploren alternativas de dialogo que permitan generar consensos entre los miembros de la Parcialidad.
- Como alternativa de interlocucion y acercamiento entre los sectores en conflicto podria ser la reactivacion del Tribunal Indigena del Resguardo, previsto en los Articulos 58 y 88 del Reglamento de la Parcialidad.
- TERCERO. ORDENAR a la Direccion de Asuntos Indigenas, ROM, y Minorias del Ministerio del Interior que realice acompanamiento a las autoridades de la Comunidad Indigena Pijao de "El Tambo" y a los accionantes Nelly Culma de Ducuara, Fidel Yara Conde, Fredy Santa Tique, Saray Ducuara Culma, Agustin Urbano, Ismael Trujillo, Tomas Narvaez Matoma y Orlando Conde.
- Dicho acompanamiento debe estar dirigido a la interlocucion que permita el acercamiento de las partes. En todas las actuaciones, la Direccion de Asuntos Indigenas, ROM, y Minorias del Ministerio del Interior debera garantizar independencia, neutralidad y el apoyo estatal tanto a los miembros de la Parcialidad, como a las autoridades del Resguardo.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.