T-168 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Carmen Eugenia Rengifo Lopez·Respondent Colpensiones Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia general
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La actora aduce que Sanitas EPS y Colpensiones vulneraron sus derechos fundamentales, al no pagarle las incapacidades causadas después del día 180.
Luego de analizar el asunto consideró la Corte que el amparo no resulta procedente, por un lado porque se cuenta con otro medio judicial idóneo como el proceso laboral para obtener el pago de la prestación reclamada, en tanto permite la resolución de controversias relacionadas con la seguridad social y, por el otro, porque a pesar de que la actora tiene un diagnóstico de leucemia mieloide aguda, no se probó una potencial afectación a su mínimo vital u otro derecho fundamental derivada de la falta de pago de las incapacidades reclamadas.
Al no apreciar alguna circunstancia apremiante, urgente e impostergable que demande la intervención del juez constitucional, se DENIEGA el amparo invocado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia dictada el 16 de agosto de 2019 por el Tribunal Administrativo del Cauca, en la que se declaró improcedente el amparo, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. De conformidad con el Auto 121 de 2020, LEVANTAR la suspensión de términos decretada por el Consejo Superior de la Judicatura, en el presente proceso.
- TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRESE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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