T-461 de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Fundacion Internacional Los Herederos Del Conflicto·Respondent Unidad Administrativa Especial De Restitucion De Tierras Despojadas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Mecanismo idóneo para el cumplimiento de ley material y actos administrativos
- Improcedencia por no estar acreditados los requisitos de la agencia oficiosa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El representante legal de la Fundación Internacional los Herederos del Conflicto actúa como agente oficioso de 1800 personas víctimas del conflicto armado y aduce que las entidades accionadas vulneraron los derechos fundamentales a la vida, integridad personal, igualdad, paz, petición, trabajo, salud y asociación, por la falta de cumplimiento de las disposiciones establecidas en las Leyes 1448 de 2011 y 2078 de 2021.
Pretende que vía tutela se resuelva de fondo y de manera inmediata la problemática que afecta a cada una de las víctimas en sus diferentes hechos victimizantes y que se realicen las acciones tendientes a garantizar la aplicación de la política pública en materia de víctimas del conflicto armado.
La Corte encontró que la solicitud de amparo no cumple con las condiciones sustantivas para su procedencia frente a la protección de los derechos de víctimas y decidió declararla IMPROCEDENTE
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas el 13 de mayo de 2021, por la Subsección B de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y el 26 de marzo de 2021 por la Sección Segunda del Juzgado Cincuenta y Siete Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, y en su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela presentada por La Fundación Internacional los Herederos del Conflicto, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, LIBRAR las comunicaciones, así como DISPONER las notificaciones a las partes, a través del Juzgado Cincuenta y Siete Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.