T-1666 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Carlos Gaviria Díaz
✓Claimant Mariela Lopez De Buitrago Vs. Parroquia Del Espiritu Santo De Villavicencio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Indefensión
- Repique de campanas de iglesia que sobrepasa nivel de presión sonora
- Trámite policivo no justifica improcedencia
- Injerencia por ruido molesto y evitable de campanas de iglesia
- Injerencia por ruido molesto y evitable de campanas de iglesia
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. Revocar las sentencias adoptadas por el Consejo de Estado y el Tribunal Administrativo del Meta en el trámite de este proceso y, en su lugar, tutelar los derechos a la intimidad y la tranquilidad de Mariela López de Buitrago, violados por el Párroco de la Iglesia del Espíritu Santo del Barrio La Esperanza de Villavicencio, y el derecho al debido proceso de dicha ciudadana, vulnerado por la Inspección de Policía del mismo barrio y por la Secretaría del Medio Ambiente de Villavicencio
- Segundo. Ordenar al Párroco de la Iglesia del Espíritu Santo del Barrio La Esperanza de Villavicencio, que a partir de la notificación de esta providencia suspenda todo toque de las campanas de su parroquia, hasta tanto pueda acreditar ante el juez de primera instancia, el Tribunal Administrativo del Meta, que el tañido de las mismas en ningún caso puede ser origen de una emisión sonora que sobrepase los límites permitidos para la zona residencial en que se encuentra ubicado el campanario.
- Tercero. Prevenir al Párroco de la Iglesia del Espíritu Santo del Barrio La Esperanza de Villavicencio, al Inspector de Policía del mismo barrio y a la Secretaría del Medio Ambiente de ese municipio, para que, so pena de las sanciones contempladas en el Decreto 2591 de 1991, se abstengan de comportamientos como los que dieron origen a esta tutela.
- Cuarto. Ordenar que, por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, se remita copia de esta providencia a la Procuraduría General de la Nación, a fin de que investigue la responsabilidad que pueda corresponder al Inspector de Policía del Barrio La Esperanza, y a los funcionarios de la Secretaría del Medio Ambiente de Villavicencio, por los comportamientos considerados en la parte motiva de la misma.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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