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Tutela ruling (T)April 2, 2019

T-147 de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant Maria Berenice Arias Galeano·Respondent Juzgado 29 Administrativo Oral De Medellin Y El Tribunal Administrativo De Antioquia

✓
Topic · hard data
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defecto Factico Por Indebida Valoracion Probatoria En Proceso De Reparación Directa.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Requisitos Para Que Se Configure Responsabilidad Patrimonial Del Estado
  • Jurisprudencia constitucional
  • Jurisprudencia del Consejo de Estado
Riesgo Propio Del Servicio
  • Jurisprudencia del Consejo de Estado
Falla Del Servicio
  • Jurisprudencia del Consejo de Estado
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia excepcional
  • Procedencia por defecto fáctico por falta e indebida valoración probatoria en proceso de reparación directa
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
6 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

A través de la presente acción se cuestionan las decisiones proferidas dentro del proceso de reparación directa, iniciado con ocasión del fallecimiento de un patrullero de la Policía Nacional, cuando desarrollaban un operativo de registro y control al hurto de hidrocarburos.

Argumenta la accionante que los jueces de instancia incurrieron en un defecto fáctico puesto que, a pesar de estar debidamente probado el daño antijurídico y la falla en el servicio por omisión, no se declaró patrimonialmente responsable al Estado, lo cual vulnera sus derechos a la igualdad, al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la reparación integral.

Se abordan los siguientes temas: 1) reglas jurisprudenciales sobre procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales; 2) requisitos generales de procedencia; 3) requisitos específicos de procedibilidad con énfasis en el defecto fáctico; 4) acción de reparación directa y los elementos de la responsabilidad del Estado; y 5) jurisprudencia del Consejo de estado sobre el riesgo propio y los títulos de imputación, en tratándose de daño padecido por personas vinculadas voluntariamente a la fuerza pública.

La Sala concluye, que las decisiones cuestionadas incurrieron en un defecto fáctico por indebida valoración probatoria; revoca la decisión de segunda instancia y en su lugar, confirma la sentencia de primera instancia que CONCEDIO el derecho al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.

En consecuencia, se dejan sin efecto las decisiones proferidas dentro del proceso de reparación directa -únicamente en relación con la accionante- y se ordena proferir una nueva decisión que tenga en cuenta los criterios expuestos en la parte motiva de la presente providencia

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la decision proferida el 29 de agosto de 2018 por la Seccion Cuarta del Consejo de Estado. En su lugar, CONFIRMAR la sentencia dictada el 29 de junio de 2017 por la Seccion Segunda, Subseccion "A", del Consejo de Estado, mediante la cual se concedio el derecho al debido proceso y de acceso a la administracion de justicia de la senora Maria Berenice Arias Galeano.
  2. SEGUNDO. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS las decisiones proferidas el 29 de septiembre de 2014 por el Juzgado 29 Administrativo Oral del Circuito de Medellin y el 31 de octubre de 2016 por el Tribunal Administrativo de Antioquia, unicamente en relacion con la demandante Maria Berenice Arias Galeano, y ORDENAR al Juzgado 29 Administrativo Oral del Circuito de Medellin que dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la notificacion de esta sentencia, profiera una nueva decision en la que tenga en cuenta los criterios establecidos en la parte motiva de esta providencia.
  3. TERCERO. Por Secretaria General librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.