T-145 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Ramiro Heli Zuluaga Gomez·Respondent Fiscalia Segunda Delegada Ante El Tribunal Superior De Barranquilla
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Fiscalía Seccional remitir a Fiscalía Delegada la totalidad del acervo probatorio del proceso penal
- Configuración
- Defecto fáctico por indebida valoración de las pruebas
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Caso en que Fiscalía Delegada ante Tribunal es inducida a error y como consecuencia omitió valorar pruebas documentales que habían sido aportadas por la parte civil en un proceso
- Orden a Fiscalía Delegada proferir una nueva resolución en la cual debe valorar la totalidad del acervo probatorio del expediente
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este caso se le endilga vulneración de derechos fundamentales a la actuación desplegada por la Fiscalía 49 de la Unidad Seccional de Delitos contra el Patrimonio Económico, al no remitir todo el acervo probatorio a la Fiscalía Segunda Delegada ante el Tribunal Superior de Barranquilla, lo que hizo que esta última autoridad no contara con la totalidad de la pruebas al momento de proferir resolución de preclusión a favor de los sindicados, dentro de la causa penal impetrada por el actor por los delitos de falsedad en documento privado y hurto agravado.
Aduce el actor que dicha actuación generó que se omitiera valorar pruebas documentales que habían sido aportadas por la parte civil del citado proceso, las cuales tenían la potencialidad de demostrar la ocurrencia de hechos determinantes en la resolución del caso.
Al encontrar vulnerado el derecho fundamental al debido proceso, la Sala de Revisión decide CONCEDER el amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso del accionante y en consecuencia REVOCAR las sentencias de la Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal- del 23 de mayo de 2013, en primera instancia de tutela y de la Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil - del 12 de julio de 2013, en segunda instancia, que negaron el amparo solicitado.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS la Resolución del 14 de diciembre de 2012, proferida por Fiscalía Segunda Delegada ante el Tribunal Superior de Barranquilla, dentro del proceso penal No. 271.389 S.I., en la cual ordenó la preclusión a favor de Luis Carlos Anaya Rodríguez, Nora Judith González Vecino, Rodrigo Quintero Hernández, Gustavo Ruiz Figueroa y Paola Arcón Polo
- TERCERO. ORDENAR a la Fiscalía 49 de la Unidad de Delitos contra el Patrimonio de la ciudad de Barranquilla que en el término máximo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia remita con destino a la Fiscalía Segunda Delegada ante el Tribunal Superior de Barranquilla la totalidad del acervo probatorio del proceso penal No. 271.389 S.I., en el cual aparecen como sindicados los señores Luis Carlos Anaya Rodríguez, Nora Judith González Vecino, Rodrigo Quintero Hernández, Gustavo Ruiz Figueroa y Paola Arcón Polo
- CUARTO. ORDENAR a la Fiscalía Segunda Delegada ante Tribunal Superior de Barranquilla que profiera una nueva resolución de segunda instancia dentro del proceso penal No. 271.389 S.I., en el cual aparecen como sindicados los señores Luis Carlos Anaya Rodríguez, Nora Judith González Vecino, Rodrigo Quintero Hernández, Gustavo Ruiz Figueroa y Paola Arcón Polo, en la cual debe valorar la totalidad del acervo probatorio del expediente, incluyendo aquellas pruebas que originalmente no fueron remitidas por parte de la Fiscalía 49 de la Unidad de Delitos contra el Patrimonio de la ciudad de Barranquilla. En caso en que el mencionado expediente penal no se encuentre en la Fiscalía Segunda Delegada ante el Tribunal Superior de Barranquilla dicho despacho debe realizar los trámites necesarios para que en el término máximo de cinco (5) días a la notificación de la presente providencia éste llegue a su poder con el fin de proferir la nueva decisión en los términos que han sido descritos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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