T-1238 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Saulo Botina Fandiño Vs. Juez Promiscuo Del Circuito De Puerto Asis
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Concepto
- Criterios para determinar el elemento territorial
- Elementos
- Requisitos del elemento subjetivo
- Aplicación en conflictos interculturales
- Condiciones de procedencia
- Procedencia excepcional
- Causales genéricas de procedibilidad
- Condiciones para el ejercicio de funciones jurisdiccionales
- Diferentes tratamientos en asuntos penales
- Por falta de oportunidad para que se planteara el conflicto de jurisdicciones
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos ordenada en el presente proceso.
- SEGUNDO. REVOCAR los fallos de diciembre 2 de 2002 de la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto y de 28 de enero de 2003 de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante los cuales se NEGO el amparo solicitado y, en su lugar, CONCEDER la proteccion solicitada para el derecho del actor a ser juzgado por las autoridades tradicionales de su comunidad.
- TERCERO. DEJAR SIN EFECTO ALGUNO la Sentencia del 25 de marzo de 1998 del Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Asis, mediante la cual se condeno a Saulo Gil Botina Fandino a la pena principal de diez anos de prision y a las penas accesorias de interdiccion de derechos y funciones publicas por el mismo termino y prohibicion de consumir bebidas alcoholicas por tres anos, como responsable del delito de homicidio cometido el 19 de febrero de 1983 en San Miguel, Putumayo, y, en consecuencia, ordenar a las autoridades competentes que Saulo Gil Botina Fandino sea puesto en libertad de manera inmediata y dejado a disposicion del Consejo de Ancianos Indigena del Pueblo Cofan, para que sea juzgado conforme a sus usos y normas tradicionales.
- CUARTO. Para los anteriores efectos, esta providencia se comunicara por el juez de primera instancia al Consejo de Ancianos Indigena del Pueblo Cofan en La Hormiga, Putumayo, para que inicie el juzgamiento de Saulo Gil Botina Fandino, y al respectivo Juez de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad, para que adopte las providencias necesarias para la inmediata liberacion de Saulo Gil Botina Fandino. Para la cabal ejecucion de lo aqui previsto, el juez de primera instancia pondra a disposicion del Consejo de Ancianos Indigena del Pueblo Cofan el anexo que contiene la Causa Penal 0272 y que obra en el expediente de tutela.
- QUINTO. LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 25991 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.