T-1123 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Jairo Benitez Florez Vs. Juzgado Cuarto Penal Del Circuito De Tunja
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Sustentación por escrito fue notificada tardíamente
- Debía hacerse personalmente y no a través de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Cárcel
- No se sustentó por escrito recurso por falta de notificación personal
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas el 31 de enero de 2003 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja y el 4 de marzo de 2003 por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia. En su lugar, TUTELAR el derecho al debido proceso del senor Jairo Benitez Florez.
- Segundo. ORDENAR dejar sin efecto todas las actuaciones surgidas con posterioridad al oficio No. 1049 de agosto 15 de 2002, proferidas por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Tunja, dentro del proceso penal adelantado contra el senor Benitez Florez. ORDENAR igualmente, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito de Tunja, notifique de manera personal al senor Jairo Benitez Florez, el Oficio No. 1049 de agosto 15 de 2002, y se agoten las etapas de dicho proceso penal, con pleno respeto del debido proceso.
- Tercero. ADVERTIR al Director del Centro Carcelario y Penitenciario El Barne, asi como a los demas funcionarios administrativos y de seguridad que alli laboran, y que de una u otra forma tienen alguna responsabilidad en el proceso de cumplir con las diferentes actuaciones judiciales que les sean comisionadas por los despachos judiciales del pais, para que a futuro, den cumplimiento estricto y oportuno a todas aquellas diligencias judiciales que deban ser comunicadas a los reclusos, a fin de garantizar los derechos fundamentales de los mismos.
- Cuarto. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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