T-108 de 1999
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Claimant Julio Cesar Garcia Lopera
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Suministro de medicamentos excluidos del POS
- Suministro de medicamentos sustituto eficaz previa autorización del médico tratante
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia expedida por el Juzgado 10 Penal del Circuito de Medellín, el 20 de noviembre de 1998.
- Segundo. TUTELAR el derecho a la salud del peticionario en conexión con sus derechos fundamentales a la integridad física y a la vida.
- Tercero. ORDENAR al médico especialista a cargo del tratamiento del demandante que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de esta providencia, conceptúe si se le puede suministrar, con la misma efectividad, un medicamento sustituto del Cellcept inicialmente prescrito, pero incluido en el plan obligatorio de salud.
- Cuarto. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales Regional Antioquia que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la emisión del concepto señalado en el numeral anterior, suministre el medicamento correspondiente en los estrictos y precisos términos allí estipulados y, en caso de que sea necesario suministrar el medicamento Cellcept, inaplicar las resoluciones 5261 de 1994 y 1037 de 1995 que lo excluyen del plan obligatorio de salud.
- Quinto. Señalar que el Instituto de Seguros Sociales puede repetir lo gastado en el suministro del medicamento Cellcept, en caso de que tenga que hacerlo, en contra del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema de Seguridad Social en Salud.
- Sexto. Líbrense por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.