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Tutela ruling (T)October 17, 2008

T-1026 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra

✓Claimant Hernando Chindoy Chindoy·Respondent Inpec

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Jurisdiccion Indigena Y Penas Que Se Imponen
  • Posibilidad de que sean cumplidas en cárceles ordinarias
Pena Impuesta A Indigena
  • Posibilidad de cumplirla en cárcel donde sí existe la infraestructura necesaria para la recepción de miembros de comunidades indígenas condenados por autoridades tradicionales
Concepto De Autonomia Indigena
  • Reiteración de jurisprudencia
Jurisdiccion Indigena
  • El ejercicio y el respeto a ésta es un derecho fundamental de las comunidades indígenas susceptible de protegerse por tutela
5 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho a diversidad étnica y cultural y autonomía jurisdiccional de grupo indígena perteneciente al territorio inga de aponte (nariño) que, en representación del gobernador del mismo, solicita se permita hacer efectiva la pena impuesta por el consejo de justicia de la comunidad a dos de sus miembros en un establecimiento penitenciario del departamento. <br>previa la interposición de la tutela se hizo la respectiva reclamación ante la dirección del establecimiento carcelario de pasto, pero se obtuvo una respuesta negativa basada en que las penas no habían sido impuestas por una autoridad penal. <br>el concepto de autonomía indígena.

Reiteración jurisprudencial.

Se coligió que en favor de éstas comunidades está previsto el fuero indígena como el derecho de sus miembros a ser juzgados por sus propias autoridades y el de las mismas a ejercer su potestad jurisdiccional frente a los integrantes del pueblo.

Sin embargo, se hizo énfasis en que este derecho está limitado por los mandatos superiores y que, en caso de conflicto entre la jurisdicción indígena y la ordinaria, debe aplicarse el principio de maximización de la autonomía y minimización de las restricciones. <br>posibilidad de que las penas impuestas por la jurisdicción indígena sean cumplidas en cárceles ordinarias.

Reiteración jurisprudencial.

En eventos tales, corresponde al juez constitucional determinar el medio idóneo para permitir la efectividad de los derechos de la comunidad en aras de cumplir con la responsabilidad que en éste sentido está en cabeza del estado. <br>así, el inpec seccional pasto informó que, a diferencia suya, en el establecimiento de popayán está dispuesta la infraestructura que permite la recepción de miembros de comunidades indígenas condenados por autoridades tradicionales.

Por ello, la sala optó por ordenar, en coordinación con las autoridades del cabildo, la remisión de los juzgados al establecimiento penitenciario de popayán. <br>concedida <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada, a fin de resolver el presente asunto.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala Civil Familia, del 7 de marzo de 2007, y, en su lugar, CONCEDER la tutela a los derechos fundamentales a la diversidad etnica y cultural del Resguardo Indigena Territorio Ancestral del Pueblo Inga de Aponte, por las consideraciones expuestas en esta providencia.
  3. TERCERO. ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario del INPEC, que en el termino de diez (10) dias, contados a partir de la notificacion de esta providencia, proceda, en coordinacion con las autoridades del Cabildo del pueblo indigena Inga de Aponte, a efectuar los tramites correspondientes encaminados a la reclusion de los senores Carlos Eliecer Carlosama Chasoy y Julio Quinchua en el Establecimiento Penitenciario EPCAMS, Popayan, con el fin de que se cumpla la pena impuesta por las autoridades tradicionales del Resguardo Indigena Territorio Ancestral del Pueblo Inga de Aponte.
  4. CUARTO. ORDENAR a las autoridades indigenas del Territorio Ancestral del Pueblo Inga de Aponte, cumplir con el procedimiento establecido por el Establecimiento Penitenciario EPCAMS, Popayan, para la reclusion de miembros de comunidades indigenas.
  5. QUINTO. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el Juzgado
  6. Primero. de Menores de Pasto, hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 16cited by 34 →T-1026/08SU.039/97 — Debido Proceso. Der. A La Participacion. Integridad Etnica Y Cultural De La Comunidad Uâ´wa. Explotacion De Hidrocarburos. Occidental. Conce · cited 301 timesSU.039/971997T-380/93 — Explotacion Ilicita De Maderas. Recursos Naturales. Diversidad Etnica Y Cultural. Agencia Oficiosa. Concedida Parcialmente. · cited 193 timesT-380/931993SU.510/98 — Libertad De Cultos. Der. A La Identidad E Integridad Cultural. Minorias Evangelicas En La Comunidad Arhuaca. Negada · cited 163 timesSU.510/981998T-349/96 — Diversidad Cultural. Der. A La Vida. Debido Proceso. Principio De Legalidad De La Pena. Indigena Embera Chami. Concedida Parcialmente. · cited 129 timesT-349/961996T-254/94 — Autonomia Y Jurisdiccion Indigena. Diversidad Etnica Y Cultural. Destierro Y Confiscacion. Com. Indigena Del Tambo. Concedida. · cited 125 timesT-254/941994C-139/96 — Ley 89 De 1890. Arts. 15 Y 40. Indigenas. Inexequible. · cited 112 timesC-139/961996C-058/94 — Ley 48/93. Art. 27 Parcial Y 63. Exenciones Al Servicio Militar. Exequibles. · cited 110 timesC-058/941994T-496/96 — Fuero Indigena. Diversidad Etnica Y Cultural. El Indigena Ante El Regimen Penal. Inexistencia De Via De Hecho. Negada. · cited 109 timesT-496/961996C-463/14 — Autonomia Jurisdiccional De Pueblos Indigenas Para Resolver Conflictos Por Autoridades Propias Y Segun Normas Y Procedimiento Establecido Po · cited 134 timesC-463/142014T-617/10 · cited 131 timesT-617/102010C-882/11 — Reforma Constitucional Introducida Al Artículo 49 De La Constitucion Politica. No Requería La Realización De Consulta Previa A Las Comunidad · cited 98 timesC-882/112011T-208/15 · cited 64 timesT-208/152015SU.245/21 — Derecho A La Educacion Propia De Comunidades Indigenas O Etnoeducacion. Medidas Transitorias Para Enfrentar Adecuadamente La Barrera Que Se · cited 56 timesSU.245/212021T-661/15 — Derecho Al Territorio Colectivo A La Propiedad Colectiva Sobre Los Territorios Indigenas. · cited 55 timesT-661/152015T-921/13 · cited 55 timesT-921/132013T-522/16 — Principio De Coordinacion Interjurisdicciones. Autonomia Jurisdiccional Indigena Y Jurisdiccion Ordinaria · cited 48 timesT-522/162016
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.