T-098 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Pico Santamaria Nestor·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones - Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por incumplirse requisito de subsidiariedad
- Procedencia excepcional
- Inexistencia para el caso
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El actor adujo que Colpensiones vulneró sus derechos fundamentales al tomar la decisión de suspender el pago de su pensión y revocar su reconocimiento por encontrar presuntas irregularidades en el trámite.
El peticionario alegó tener 68 años de edad y padecer cáncer en la próstata.
En la revisión de los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela la Corte constató que la condición económica del peticionario le permite soportar la carga razonable de acudir a la vía dispuesta en el ordenamiento jurídico para resolver su pretensión relativa al reconocimiento y pago de la pensión de vejez, por lo que los mecanismos dispuestos en la Jurisdicción Ordinaria Laboral resultan idóneos y eficaces.
Igualmente constató que no se está frente a una situación en la que se pueda configurar un perjuicio irremediable que exija la actuación urgente del juez constitucional, en la medida en que el tutelante cuenta con atención médica garantizada como cotizante del régimen contributivo de salud y usuario de medicina prepagada.
Por no superar el requisito de subsidiariedad, se declara IMPROCEDENTE la acción de tutela deprecada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en Auto del 14 de junio de 2022.
- SEGUNDO. REVOCAR la Sentencia del 9 de febrero de 2021 proferida por el Juzgado Doce Penal del Circuito con Función Conocimiento de Bucaramanga y, en su lugar, declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela por los argumentos expuestos en la presente providencia.
- TERCERO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, LÍBRESE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
- Comuníquese y cúmplase,
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.