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Tutela ruling (T)May 20, 2024

T-181 de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Cadavid Grisales Simon David Y Otro·Respondent Ministerio De Relaciones Exteriores Y Otros

✓
Topic · hard data
Derecho A La Huelga En El Transporte Aéreo Y Libertad Sindical-Bloque De Constitucionalidad Y Fuerza Vinculante De Las Recomendaciones Del Comité De Libertad Sindical.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Huelga
  • Límites en los servicios públicos esenciales
  • Protección constitucional y legal
  • Contenido y alcance
Servicio Publico De Transporte Aereo De Pasajeros
  • Naturaleza constitucional y reglamentación
Estado De Cosas Inconstitucional
  • Factores que lo determinan
Acción De Tutela
  • Improcedencia por cuanto no se cumple con el requisito de la inmediatez
Comite De Libertad Sindical De La Oit
  • Recomendaciones, debidamente aprobadas por el Consejo de Administración, tienen carácter vinculante
Derecho De Huelga
  • Facultad legislativa de reglamentación de ejercicio
Corte Interamericana De Derechos Humanos
  • Criterio hermenéutico relevante para establecer sentido de derechos fundamentales
10 topics · 12 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Los actores son dos ciudadanos que fueron desvinculados de Avianca S.A. en el mes de abril del 2018, por haber participado activamente en la huelga que la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC) llevó a cabo en el 2017. la cual fue declarada ilegal por la Corte Suprema de Justicia.

Los peticionarios presentaron catorce pretensiones que se recopilaron en tres grupos: (i) evaluar nuevamente la legalidad de la huelga mencionada; (ii) declarar la ilegalidad de los despidos y el restablecimiento de sus derechos económicos y patrimoniales y; (iii) ordenar el cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Libertad Sindical (CLS) adoptadas en el caso 3316 y, en consecuencia, ordenar, entre otras cosas, al Congreso de la República, al presidente de la República y al Ministerio de Trasporte, regular el derecho a la huelga en el servicio de transporte aéreo.

La Corte evaluó si las referidas recomendaciones son vinculantes, en los términos expuestos por la jurisprudencia constitucional y si el Estado desconoció el derecho a la libertad sindical de los tutelantes, al no acatarlas.

La Sala concluyó que las autoridades cuestionadas no desconocieron el precitado derecho y que las opiniones consultivas de la Corte IDH pueden servir de criterio orientador para las autoridades del país.

Frente a la pretensión relacionada con el cumplimiento de las recomendaciones del CLS se decidió confirmar la decisión de instancia que DENEGÓ el amparo y, respecto a las solicitudes relativas a la declaratoria de legalidad de la huelga, el despico y el pago de acreencias laborales, se declaró IMPROCEDENTE la acción de tutela deprecada.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la Sentencia del 19 de mayo de 2023, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección "B" que negó el amparo de los derechos fundamentales solicitados por Simón David Cadavid Grisales y Jorge Mario Medina Cadena, en cuanto al cumplimiento de las recomendaciones del CLS en el caso 3316, adoptadas por el Consejo de Administración de la OIT en su informe GB.341/INS/12/1. REVOCAR la negativa del amparo frente a la revisión de la declaratoria judicial de legalidad de la huelga del 2017 y los despidos acaecidos en 2018 junto con los salarios y prestaciones dejadas de percibir. En su lugar, declarar que estas dos pretensiones son IMPROCEDENTES.
  2. SEGUNDO. DESVINCULAR de la presente acción a la Presidencia de la República, al Ministerio del Transporte, a la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General de la Nación, a la Sociedad Avianca S.A., al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ministerio del Interior, a la Fiscalía General de la Nación y a la Unidad Nacional de Protección -UNP-.
  3. TERCERO. Por Secretaría General de esta Corporación, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.