JurídicoESEN
Tutela ruling (T)February 15, 2010

T-087 de 2010

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Claimant Nestor Andres Carrillo Briceño Y Otro·Respondent Centro Educativo Suazapawa-Nobsa

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Educación
  • Línea jurisprudencial
  • Prohibición retención de notas o certificados por no pago de pensión
  • Fundamental
3 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Petición, educación.

Los accionantes solicitan se les entregue el diploma y el acta de grado junto con las correspondientes notas de los años que cursaron en la institución educativa accionada, los cuales necesitan para iniciar sus estudios de educación superior, dichos documentos no les han sido otorgados debido a que sus padres han incumplido con las obligaciones económicas a su cargo ya que se encontraban atravesando por una difícil situación económica.

La Sala se pronuncia sobre el derecho a la educación, la evolución jurisprudencial de los derechos sociales, económicos y culturales, se encuentra que los actores ya alcanzaron su mayoría de edad por lo tanto pueden obligarse por sí mismos y garantizar el pago de la obligación adeudad al colegio, para realizar un acuerdo de pago con la Institución educativa y se ordena a dicha institución entregar los certificados solicitados.

Concedida.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (11 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia del dos (2) de julio de 2009, proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Nobsa, y, en su lugar CONCEDER el amparo al derecho fundamental a la educacion de Nestor Andres y David Ramiro Carrillo Briceno, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. En su lugar, ORDENAR al Centro educativo Suazapawa-Nobsa que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, entregue a Nestor Andres y David Ramiro Carrillo Briceno los certificados de estudio, el acta y/o el diploma de grado de los anos cursados en la referida institucion.
  3. TERCERO. ORDENAR que Nestor Andres y David Ramiro Carrillo Briceno y el representante legal del Centro Educativo Suazapawa-Nobsa, dentro de los tres (3) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, acuerden una forma de pago de la deuda pendiente, en consideracion a la capacidad economica de los deudores.
  4. CUARTO. ORDENAR al Centro Educativo Suazapawa-Nobsa que una vez celebrado el acuerdo de pago, los certificados de estudio y el acta de grado o el diploma que acreditan como bachiller a David Julian Carrillo Briceno, le sean entregados al actor en el termino de 48 horas contados a partir del vencimiento del termino senalado en el numeral anterior.
  5. QUINTO. ORDENAR al Centro Educativo Suazapawa-Nobsa que una vez celebrado el acuerdo de pago, los certificados de estudio de David Julian Carrillo Briceno, le sean entregados al actor en el termino de 48 horas contados a partir del vencimiento del termino senalado en el numeral anterior. Del mismo modo, le entregara el acta de grado o el diploma que lo acredita como bachiller una vez el tutelante entregue la documentacion que certifique su promocion del grado
  6. decimo. al grado once, condicion a la que se sujeto su matricula para el ultimo grado de bachillerato en dicho centro educativo.
  7. SEXTO. PREVENIR al ente demandado para que los documentos a los que se refiere los numerales
  8. CUARTO. y
  9. QUINTO. que les sean entregados a los actores no contengan anotaciones u observaciones que hagan alusion a la deuda pendiente o a la manera en la cual fue obtenida la documentacion.
  10. SEPTIMO. Para los efectos de lo dispuesto por el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
  11. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.