T-085 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Rusmiri Perez Suarez·Respondent Accion Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vulneración al someter a la peticionaria a repetir su solicitud de ayuda humanitaria y prórroga de esta
- Ayuda humanitaria de emergencia
- La acción del Estado frente a sujetos de especial protección debe ser abiertamente positiva y no solo una oferta de servicios
- Inscripción en el RUPD
- Procedencia de tutela
- Protección constitucional especial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vivienda digna, petición, mínimo vital, derechos de la población desplazada.
Solicita la accionante la prorroga de la ayuda humanitaria de emergencia, ya que ha elevado esta solicitud a la entidad accionada en varias ocasiones sin obtener ningún tipo de respuesta.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela en materia de desplazamiento forzado, la protección especial de las personas en condición de desplazamiento, RUPD, la ayuda humanitaria de emergencia para la población en condición de desplazamiento, se decide otorgar la protección de los derechos invocados y se advierte al juez de instancia que deberá en adelante atender los criterios de la Jurisprudencia de esta Corporación.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia del cuatro (04) de noviembre de dos mil nueve (2009), proferida por el Juzgado
- Decimo. Laboral del Circuito de Barranquilla -Plan Piloto de Oralidad-, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamental al minimo vital, a la vida en condiciones dignas y de peticion de la senora Rusmiri Suarez Perez y de su grupo familiar.
- Segundo. ORDENAR a Accion Social - Direccion Territorial Atlantico-, que en el termino de 15 dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente providencia, requiera a la senora Rusmiri Suarez Perez -y a su grupo familiar-, y entregue de manera completa los componentes de la ayuda humanitaria previstos en la ley -a saber: alimentacion basica, apoyo para alojamiento, implementos de habitacion, cocina y aseo y vestuario adecuado-, hasta que se encuentren en condiciones de asumir su autosostenimiento.
- Tercero. ADVERTIR a Accion Social que no puede cesar o suspender la entrega de ayuda humanitaria de emergencia a la senora Rusmiri Suarez Perez -y a su grupo familiar-, que comprende tambien una solucion definitiva mediante la ejecucion de programas serios y continuados de estabilizacion economica y social, hasta tanto las condiciones que dieron origen a la vulneracion de sus derechos fundamentales desaparezca.
- Cuarto. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.