T-059 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Carmen Alicia Villadiego De Ruiz·Respondent Departamento De Cordoba
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que la demandante se ubica dentro del grupo de sujetos de especial protección constitucional
- Personas que cotizaron de manera previa a la entrada en vigencia de la ley 100/93
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vida digna, mínimo vital, seguridad social.
La accionante, de 73 años de edad, laboró para el Departamento de Córdoba durante 6 años y cerca de dos meses.
En el 2009 solicitó a la entidad el reconocimiento de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, teniendo en cuenta la imposibilidad que le asistía de seguir cotizando más sumas de dinero al Sistema General de Pensiones.
La Gobernación resolvió de manera negativa su solicitud, aduciendo que la figura de la indemnización sustitutiva no aplicaba a su caso.
Luego de hacer el análisis de procedibilidad de la acción, la Sala estudió el derecho a la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez y concluyó que en el caso concreto estaban de por medio los derechos fundamentales de una persona mayor de 60 años, que evidencia una situación conectada con su expectativa de vida y con el carácter imprescriptible de su derecho, el cual puede ser reclamado independientemente de haber estado afiliado al Sistema de Seguridad Social, al momento de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR, el fallo proferido por la Sala -Civil-Familia-Laboral- del Tribunal Superior de distrito Judicial de Monteria, proferida el 9 de agosto de 2010.
- SEGUNDO. CONCEDER, por las razones y en los terminos de esta sentencia, el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital, a la seguridad social, a la vida digna, a la igualdad y a la tercera edad de la senora Carmen Alicia Villadiego de Ruiz, quien en la actualidad cuenta con 73 anos de edad.
- TERCERO. ORDENAR al Departamento de Cordoba o a la entidad que haga sus veces, por intermedio del Gobernador o el respectivo representante Legal, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, si aun no lo hubiere hecho, expida un nuevo acto administrativo en el que reconozca y pague la indemnizacion sustitutiva de la pension de vejez a que tiene derecho la senora Carmen Alicia Villadiego de Ruiz, de acuerdo con las semanas de cotizacion o los tiempos de servicio que se encuentren debidamente acreditadas y respecto de las cuales no se hubiere hecho restitucion alguna, prestacion que se debera liquidar de acuerdo con las reglas contenidas en el articulo 37 de la Ley 100 de 1993 y demas normas concordantes.
- CUARTO. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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