T-033 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Jose Eduardo Gallego Ruiz·Respondent Accion Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Excepciones en las cuales se pueden alterar los turnos cuando se configura un estado de urgencia manifiesta
- Situaciones en las que la espera del turno correspondiente, puede resultar muy gravosa para el sujeto que se halla en urgencia manifiesta
- Procedencia
- Es una de las medidas que debe adoptar el Estado dirigidas a garantizar los derechos de la población desplazada, en particular el derecho al mínimo vital
- Reiteración de jurisprudencia
- Naturaleza
- Reiteración de jurisprudencia sobre protección constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Mínimo vital, igualdad.
El accionante tiene 82 años de edad y se encuentra incluido junto con su grupo familiar en el Registro Único de la Población Desplazada.
Luego de solicitar la prórroga de la atención de emergencia en razón a su delicado estado de salud, ésta fue concedida pero no pudo reclamarla porque se encontraba enfermo.
La entidad bancaria donde estaba consignada la ayuda devolvió el dinero a Acción Social, debido a que no se había reclamado durante el mes siguiente de haber sido otorgada. .
Frente a una nueva petición, Acción Social aprobó la ayuda pero sometió al demandante a una nueva espera y para el efecto, le asignó un turno.
La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con la atención humanitaria de emergencia y la procedencia de su prórroga.
Así mismo refiere casos en los que se ha alterado el orden del sistema de turnos, especialmente cuando se trata de personas en situación de desplazamiento.
Se CONCEDE la tutela y se ordena a la entidad demandada entregar la prórroga de la ayuda humanitaria que le fue otorgada al actor y que por su estado de salud no pudo reclamar en su momento.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 5 de agosto de 2011, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, Sala Civil- Familia, en cuanto tutelo el derecho de peticion del accionante, y en su lugar, CONCEDER la tutela al derecho al minimo vital y a la igualdad material del senor Jose Eduardo Gallego Ruiz.
- SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR a Accion Social o la entidad que haga sus veces que, en un termino de diez (10) dias calendario siguientes a la notificacion de esta providencia, haga entrega de la prorroga de la ayuda humanitaria que le fue otorgada al accionante en el 2010 y que por salud no pudo reclamar.
- TERCERO. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.