T-007 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Raimundo Emiliani Valiente·Respondent Instituto De Seguros Sociales
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional para el reconocimiento y pago de acreencias laborales y pensionales
- Procedencia debido a que el ISS negó injustificadamente la pensión anticipada de vejez al peticionario
- Antecedentes legislativos del artículo 9 de la ley 797 de 2003
- Diferencias con las pensiones de vejez y de invalidez
- Requisitos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al minimo vital y seguridad social de ciudadano con incapacidad a quien le fue negado el reconocimiento de la pension especial de vejez contemplada en el paragrafo 4 del articulo 9 de la ley 797 de 2003 por estimarse que esteno cumplia con el requisito de tener una invalidez graduada en mas de 50%. <br>se preciso, en primer medida, que si bien las pensiones de vejez e invalidez tiene rasgos comunes a la pension anticipada de vejez, esta ultima se caracteriza por exonerar al solicitante de la satisfaccion del requisito de edad contemplado en el numeral 1° del artículo 33, en razon del padecimiento de una deficiencia graduada en un nivel igual o superior al 50%.
Para el efecto es necesario acreditar, ademas, tener mil semanas cotizadas en cualquier epoca, independientemente de la fecha de estructuracion de la invalidez. <br>verificado el lleno de los requisitos exigidos para el otorgamiento de la prestacion respectiva, se dispuso su reconocimiento de parte de la accionada. <br>concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REANUDAR los terminos dentro de la tutela de la referencia, los cuales fueron suspendidos mediante auto de fecha 19 de mayo de 2008.
- Segundo. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Bogota, el 22 de noviembre de 2007.
- Tercero. TUTELAR los derechos fundamentales al minimo vital y a la seguridad social del senor Raimundo Emiliani Valiente, por las razones expuestas, como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. En consecuencia, queda en cabeza del senor Raimundo Emiliani Valiente o de sus familiares, iniciar un proceso ordinario para obtener una respuesta definitiva a la controversia pensional. Si no lo hicieren en el termino de cuatro (4) meses, contados desde el momento en el cual se notifique la presente providencia, cesaran los efectos de este fallo.
- Cuarto. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que, dentro de los cinco (05) dias siguientes a la notificacion de la presente providencia, (i) verifique el cumplimiento de Raimundo Emiliani Valiente, de los requisitos exigidos por la Ley 100 de 1993, articulo 33, paragrafo 4deg, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia; y, (ii) una vez verificados, reconozca la pension anticipada de vejez a Raimundo Emiliani Valiente.
- Quinto. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli establecidos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.