C-870 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Juan Carlos Varon Palomino
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Definición
- Demanda de normas diferentes
- Límites
- Carácter relativo y no absoluto
- Reconocimiento del principio de igualdad
- Contribución al funcionamiento de gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad
- Objeto
- Aporte para organización y funcionamiento del Estado
- Implicación y vinculación
- Apropiación presupuestal expresada en moneda legal colombiana
- Actividad
- Carácter promotor de desarrollo
- Basada en la propiedad y trabajo tiene fin social
- Instrumento que permite efectividad de función social
- Tratamiento jurídico diverso
- Apuntan a la consistencia y mejoramiento de las finanzas públicas
- Vigencia efectiva del derecho a la igualdad
- Finalidad
- Alcance
- Diferencias
- Poder inversionista del Estado en la economía
- Derecho no fundamental de todas las personas a participar en la vida económica de la Nación
- Límites
- Constitución de ingresos
- Puede ser gravada
- Carácter relativo y connotaciones en el nuevo orden social
- Cede frente a interés público en caso de guerra
- Preservación no es absoluta
- Función social constitucional
- Finalidad
- Función social
- Efectos individuales y colectivos
- Expropiación del bien a través de sentencia judicial e indemnización previa
- Finalidad
- Factores de solvencia y estabilidad
- Conciliación y abono a créditos hipotecarios
- Requisitos de validez
- Autorización al Gobierno para su emisión y entrega
- Interviniente en relación con las operaciones de emisión, suscripción y colocación
- No está sujeta a la aprobación unánime de la Junta Directiva del Banco de la República
- Emisión, suscripción y colocación
- Constituyen inversión forzosa
- Desmaterialización e ingreso al sistema computarizado
- Emisión y colocación
- Salvaguarda de la estabilidad financiera en particular de la cartera hipotecaria
- Sujetos obligados a invertir
- Actualización cuyo tope máximo corresponde a la variación del IPC
- Denominación en uvr
- Finalidad
- Intervención obligatoria temporal
- Materialización del derecho a la vivienda digna
- No causan intereses remuneratorios
- No tienen características de contribución parafiscal
- Tarifa de inversión
- Libre ejercicio de la actividad económica
- Inversión forzosa de títulos de reducción de deuda extensiva a sujetos distintos de los establecimientos de crédito
- Adquisición y capacidad para el giro ordinario de sus negocios
- Estado, director de la economía con fines específicos
- Límites constitucionales
- Giro ordinario de los negocios
- Aprobación de empréstitos
- No se afectó el núcleo esencial de la libertad de empresa
- Composición
- Conformación
- Contribución al financiamiento de gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad
- Visión del derecho deber
What it decided
Holdings on Ley 546/99. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion.
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLES los articulos 44, 45 y la expresion "y con base en los recursos provenientes de las inversiones forzosas establecidas por la presente ley", contenida en el paragrafo 4o del articulo 41, de la ley 546 de 1999, por los cargos formulados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.