JurídicoESEN
Constitutional review ruling (C)October 27, 2010Full bench

C-840 de 2010

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Julian Duque Y Otro·Respondent Ley 1098 De 2006 Articulo 68 Numerales 3 Y 5

✓
Topic · hard data
Acreditacion De Un Termino Minimo De Convivencia Como Condicion Para Adopcion Conjunta Por Parte De Compañeros Permanentes. No Vulnera La Protección De La Familia, Ni El Interés Superior De Los Niños Y Adolescentes
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Adopcion
  • Mecanismo orientado a satisfacer el interés superior del menor
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Importancia de requerir del actor el cumplimiento de unas mínimas cargas de comunicación y argumentación
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Familia
  • Clasificación
  • Concepto
Matrimonio Y Union Marital De Hecho Frente A La Constitucion De Familia
  • Exigencia de tiempo de convivencia mínimo de dos años para la adopción conjunta sólo a los que son compañeros permanentes resulta reprochable
Matrimonio Y Union Marital De Hecho
  • Diferencia esencial
  • No es contrario al principio de igualdad que el legislador adopte medidas regulatorias, siempre que estas tengan carácter objetivo y razonable y no resulten discriminatorias
Acreditacion De Un Termino Minimo De Convivencia Como Condicion Para Adopcion Conjunta Por Parte De Compañeros Permanentes
  • No vulnera la protección de la familia, ni el interés superior de los niños y adolescentes
Derechos Del Niño A Tener Una Familia
  • Adopción como forma de garantizar ese derecho
Requisito De Convivencia Para Adoptar
  • Es objetivo, razonable y no discriminatorio
Situaciones Especificas Que Involucran Los Derechos Del Menor
  • Criterios definidos por la jurisprudencia constitucional para su análisis
15 topics · 19 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Ley 1098 de 2006 “Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia” artículo 68 numerales 3 y 5, la norma regula los requisitos para adoptar, los apartes acusados son los siguientes “que demuestren una convivencia ininterrumpida de por lo menos dos años”, consideran los demandantes que dichos apartes vulneran los artículos 5, 13, 16, 42, 44 y 45 de la Constitución, el interés superior del menor y las normas internacionales contenidas en “la Declaración de los derechos del Niño, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, ya que la norma impide a los compañeros permanentes adoptar tan pronto como deciden unirse, y conformar una comunidad de vida permanente y singular, con respecto de los cónyuges, quines pueden adoptar en cualquier tiempo durante la convivencia, el siguiente cargo consiste en que el precepto acusado niega tanto al compañero permanente como al menor en situación de adaptabilidad la posibilidad de conformar una familia, desconociendo la finalidad de la adopción.

La Corte se pronuncia sobre los requisitos del artículo 2 del Decreto 2067 de 1991 y la interpretación constitucional sobre los mismos, en cuanto a la acusación realizada contra el aparte mencionado contenido en el numeral 5, se concluye que la demanda carece de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia, se pasa a estudiar el aparte acusado contenido en el numeral 3 del artículo 68, se recuerda la jurisprudencia sobre la relevancia del principio de protección del interés superior del menor en el caso de la adopción, la protección integral a la familia en el ordenamiento jurídico colombiano, independientemente de su forma de constitución, las diferencias que el oren jurídico reconoce entre el matrimonio y la unión marital de hecho, se concluye que la exigencia de dos años para poder adoptar es un criterio objetivo y razonable que cumple el específico propósito de suministrar una evidencia de estabilidad, vocación de permanencia o conocimiento previo, y el legislador podría extender este parámetro temporal a las parejas unidas por vínculos jurídicos, por lo tanto se decide declarar la expresión acusada EXEQUIBLE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 1098/06. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 68Ley 1098/06 «numeral 5»DECLINED TO RULE
1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA, por ineptitud sustantiva de la demanda, para emitir pronunciamiento de fondo sobre la expresion "que demuestre una convivencia ininterrumpida de por lo menos dos (2) anos", contenida en el numeral 5deg del articulo 68 de la Ley 1098 de 2006.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, la expresion "que demuestre una convivencia ininterrumpida de por lo menos dos (2) anos", contenida en el numeral 3deg del articulo 68 de la Ley 1098 de 2006.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentMaría Victoria Calle Correa
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.