C-423 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Hector Sánchez Vega
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedimiento en caso de que las autoridades no hayan apropiado los recursos para financiarlo
- Reconocimiento no puede ser supeditado a la suficiencia de recursos
- Requisito de existencia de disponibilidad presupuestal cuando es financiado con recursos del sistema general de participaciones
- Aumento de la remuneración se causa desde el momento en el cual la autoridad competente reconoce el aumento de grado
- Protección constitucional
- Reconocimiento hecho por la entidad territorial sin contar con la correspondiente disponibilidad presupuestal no tiene efectos económicos sino meramente declarativos del derecho
- Reconocimiento solo genera la obligación de la administración pública de pagar la remuneración correspondiente al nuevo grado, cuando se haya apropiado la partida presupuestal necesaria
- Importancia de la reglamentación
- No entra en conflicto con los mandatos constitucionales de propender por la idoneidad, profesionalización y dignidad del cuerpo docente
- Alcance
- Decisiones sobre la remuneración de los servidores públicos
- Derecho, servicio público y obligación
- Procedencia porque la premisa menor sobre la cual se desarrolla el cargo es inexistente
- Importancia constitucional
- Aplicación del principio de legalidad del gasto público en la administración de los ascensos de la carrera docente
- Competencia de la Nación y de las entidades territoriales
- Criterios con base en los cuales ha de ser distribuida la participación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 715 de 2001 arts. 6 (parcial) 7 (parcial) y 21 (parcial).
Se dictan normas organicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los articulos 151 288 356 y 357 (acto legislativo 01 de 2001) de la constitucion política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud entre otros.
Competencias de los departamentos los distritos y municipios certificados y disposiciones especiales en educación.
Inhibición de la corte respecto del cargo según el cual las normas acusadas vulneran el principio de corresponsabilidad de las entidades territoriales.
Inhibición de la corte respecto de la expresión "o cualquier otro costo del servicio educativo" contenida en el articulo 21 acusado.
Procedencia de la presente accion respecto del ejercicio del cargo según el cual las disposiciones acusadas son contrarias al articulo 125 de la constitucion.
Contexto normativo en el cual se inscriben las normas acusadas.
Jurisprudencia constitucional respecto de los aspectos relevantes para resolver el caso concreto sobre el sistema general de participacion en educacion la carrera docente y los ascensos en el escalafon.
Al ser declarada inexequible la expresión "ningun" se reduce el ambito de dicho inciso a lo exclusivamente fiscal.
Inexequible la expresion ningun y exequibilidad condicionada
What it decided
Holdings on Ley 715/01. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "ningun" contenida en el penultimo inciso del articulo 21 de la Ley 715 de 2001.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, de manera condicionada, las siguientes expresiones contenidas en la Ley 715 de 2001:
- * "sin superar en ningun caso el monto de los recursos disponibles en el Sistema General de Participaciones" contenida en el articulo 6o numeral 6.2.3.
- * "sin superar en ningun caso el monto de los recursos de la participacion para educacion del Sistema General de Participaciones asignado a la respectiva entidad territorial" contenida en el articulo 7o numeral 7.3.
- * "El crecimiento de costos por ascensos en el escalafon en las plantas de cargos de las entidades territoriales [...], con cargo al Sistema General de Participaciones, tendra como limite el monto de los recursos disponibles, en el Sistema General de Participaciones. No procedera [...] reconocimiento que supere este limite, los que se realicen no tendran validez y daran lugar a responsabilidad fiscal para el funcionario que ordene el respectivo gasto." contenida en el penultimo inciso del articulo 21.
- Estas normas se declaran exequibles en el entendido de (i) que el reconocimiento de un ascenso de la carrera docente no podra ser supeditado a la suficiencia de los recursos con destino a educacion que debieron ser apropiados en el sistema general de participaciones para la correspondiente vigencia fiscal en razon de los ascensos que debieron ser previstos para dicho ano, y (ii) que las consecuencias fiscales de dicho reconocimiento, de no haber disponibilidad presupuestal en un caso determinado, se haran efectivas a mas tardar en la siguiente vigencia fiscal a partir del acto de reconocimiento del derecho.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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