C-120 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Ricardo Alvarez Cubillos·Respondent Decreto Ley 019/12
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Dictamen sobre pérdida de capacidad laboral
- Controversias sobre la determinación del origen del accidente de trabajo, enfermedad profesional o muerte
- Constitución Política de 1991
- Corresponde a la Junta Regional de Calificación de Invalidez calificar en primera instancia la pérdida de capacidad laboral, el estado de invalidez y determinar su origen
- Desarrollo normativo
- Debe haber demanda de inconstitucionalidad con aptitud para provocar pronunciamiento de fondo
- Reiteración de jurisprudencia
- Confrontación
- Deber de acudir a la jurisdicción laboral para controvertir el dictamen de la Junta de Calificación de Invalidez
- Deber de acudir a la jurisdicción ordinaria para controvertir el dictamen de la Junta de Calificación de Invalidez
- Proporcionalidad entre el medio y el fin buscado por la medida
- Aplicación en norma que imponga restricciones o limitaciones a derechos fundamentales
- Intensidad estricta del juicio
- Órganos del sistema nacional de riesgos profesionales y no entes privados
- Realizan evaluación técnico-científica del grado de pérdida de la capacidad laboral, origen de invalidez y fecha de estructuración
- Se deriva del principio democrático y de las reglas formales y sustanciales del procedimiento democrático de producción de normas
- Especial atención para asegurar goce efectivo de los derechos
- Objetivos
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Análisis sustancial de la demanda
- Pronunciamiento de fondo
- Principios
- Revisión de dictamen de pérdida de capacidad laboral por Junta Nacional de Calificación de Invalidez
- Naturaleza y régimen legal
- Motivación técnico-científica de la decisión
- Principio de la doble instancia
- Procedimientos que adelantan no tienen naturaleza administrativa ni jurisdiccional
- Escenarios en los cuales se pueden controvertir sus dictámenes
- Calificación del grado de invalidez por Juntas Regionales y Junta Nacional de Calificación de Invalidez en caso de inconformidad
- El sistema de seguridad asignó competencia de calificar pérdidas de capacidad laboral a variedad de instituciones, dependiendo del régimen al cual perte
- Deben respetar el debido proceso
- Amplio margen de configuración legislativa en materia de seguridad social
- Reiteración de jurisprudencia
- Entidades a las que les corresponde realizar la calificación
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el segundo inciso del artículo 142 del Decreto Ley 019 de 2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
La disposición acusada establece el proceso para determinar la pérdida de capacidad laboral y ocupacional en el Sistema de Seguridad Social.
A juicio del accionante, permitir una primera oportunidad a las aseguradoras del Sistema, al ser las encargadas de llevar a cabo esta calificación, las convierte en juez y parte, dado el interés que pueden tener en el resultado (asumir la obligación que les impone el deber de asegurar la prestación que haya lugar a reconocer).
Considera el actor que con ello se violan los derechos al debido proceso y a la seguridad social.
La Corte consideró que el Legislador no violó los derechos alegados al establecer que un trámite del cual depende el acceso a beneficios de seguridad social sea decidido en primer lugar (primera oportunidad) por la misma entidad que tendría que asumir la obligación del pago de tal beneficio; en tanto es una medida razonable que busca un fin constitucionalmente legítimo, por un medio que es idóneo para alcanzar el mismo.
What it decided
Holdings on Ley 100/93. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. LEVANTAR, en el presente proceso, la suspension de terminos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el
- segundo. inciso del Articulo 142 del Decreto Ley 019 de 2012, por las razones analizadas en la presente sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.