C-109 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Gustavo Uribe Ordoñez Y Otro·Respondent Ley 891 De 2004
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Jurisprudencia constitucional
- Clasificación
- Efectos
- Reglas jurisprudenciales
- Requisitos
- Necesidad de intervención activa por parte del Estado para promover todas las creencias
- Destinación de partidas presupuestales para financiar una actividad que tiene una connotación principalmente religiosa, resulta contraria a la Jurisprudencia constitucion
- Decisión no hace referencia clara a la competencia del legislador para determinar la protección y promoción de diversas expresiones culturales
- Disposición acusada no implica un acto de adhesión, ni siquiera indirecto, a una religión ni la establece como oficial
- Estado no se autodefine ni realiza una declaración expresa y formal de identificación con una iglesia o religión en particular, que ni siquiera es mencionada en el texto
- Finalidad es eminentemente cultural y se ajusta a la normatividad constitucional relativa a la protección del patrimonio cultural inmaterial de la Nación
- Argumentación de la sentencia C-567 de 2016 constituye precedente vinculante para declarar la exequibilidad del artículo 1 de la ley 891 de 2004
- Declaratoria como patrimonio cultural nacional de Colombia contenida en la norma acusada no desconoce los principios de neutralidad religiosa y el carácter laico del Estado, ni el pl
- Norma acusada no establece un trato discriminatorio injustificado contra los credos diferentes al católico
- Son esencialmente prácticas culturales con arraigo y tradición en la región y en el país
- Jurisprudencia constitucional
- Cosa juzgada constitucional
- Contenido
- Jurisprudencia constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 1 y 4 (parcial) de la Ley 891 de 2004, por la cual se declara Patrimonio Cultural Nacional las Procesiones de Semana Santa y el Festival de Música Religiosa de Popayán, departamento del Cauca, se declara monumento nacional un inmueble urbano, se hace un reconocimiento y se dictan otras disposiciones.
La Corte reitera que las procesiones de semana santa y el festival de música religiosa en Popayán son esencialmente prácticas culturales con arraigo y tradición en la región y en el país.
Precisa que válidamente puede ser promovida de diversas formas, entre ellas, con el apoyo del presupuesto público, sin que con ello se vulneren los principios de igualdad y neutralidad religiosa.
La Sala Plena dispone ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-567/16 y, en consecuencia, declarar exequible el artículo 4º de la Ley 891/04.
Así mismo, declara exequible el artículo 1º.
Ibídem.
What it decided
Holdings on Ley 891/04. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-567 de 2016 y, en consecuencia, declarar EXEQUIBLE por los cargos analizados, el articulo 4o de la Ley 891 de 2004 "por la cual se declara Patrimonio Cultural Nacional las Procesiones de Semana Santa y el Festival de Musica Religiosa de Popayan, departamento del Cauca, se declara monumento Nacional un inmueble urbano, se hace un reconocimiento y se dictan otras disposiciones."
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE por los cargos estudiados en esta sentencia, el articulo 1o de la Ley 891 de 2004 "por la cual se declara Patrimonio Cultural Nacional las Procesiones de Semana Santa y el Festival de Musica Religiosa de Popayan, departamento del Cauca, se declara monumento Nacional un inmueble urbano, se hace un reconocimiento y se dictan otras disposiciones."
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.