JurídicoESEN
Tutela ruling (T)October 9, 2008

T-975 de 2008

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto

✓Claimant Liliana María Montoya Restrepo En Representación De Su Hija, María Alejandra Vásquez Montoya·Respondent Seguro Social E.P.S.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud Del Menor
  • Caso en que se dan los presupuestos para que se ordene el suministro de pañales aunque la orden haya sido dada por médico no adscrito a la EPS pero que es quien la ha tratado
  • Suministro de pañales por enfermedad a niña de 12 años
1 topic · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Derecho a la salud, vida y protección especial a la niñez de menor de edad quien, a raíz de problemas de incontinencia, requiere el sumistro de pañales cuya autorización fue negada por la accionada debido a su exclusión del pos. <br>su madre reclama que se exhorte a la accionada para que conceda dichos elementos a su menor hija. <br>derecho a la salud de los niños y niñas.

Derecho fundamental autónomo y prevalente.

Reiteración jurisprudencial.

Se recordó que una línea doctrinal de ésta corporación ha afirmado la independencia del derecho fundamental a la salud cuando se trata de menores de edad. <br>suministro de medicamentos excluidos del pos.

Reglas sobre la inaplicación de las normas que regulan la exclusión de prestaciones del pos.

Reiteración jurisprudencial.

Se sostuvo que, entratándose de menores de edad, únicamente es necesario probar la incapacidad económica de los padres del niño o la niña y su prescripción por parte de o la médico tratante. <br>la sala constató que la madre de la menor carece de los recursos económicos suficientes para costear el valor de los pañales que requiere su niña. <br>sobre la otra condición, se dijo que, si bien la orden no fue dada por el médica tratante, la empresa accionada no contravino el dictámen emitido por dicho galeno, lo cual es suficiente para determinar la inaplicación de las normas al respecto.

Por tanto, se ordenó a la accionada suministrar a la menor los pañales que necesita y se autorizó a la misma repetir en un 50% del costo de la prestación contra el fosyga. <br>concedida

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo emitido en unica instancia por el Juzgado Promiscuo de Familia de Andes, Antioquia, el dia tres (3) de marzo de dos mil ocho, dentro de la accion de tutela instaurada por la senora Liliana Maria Montoya Restrepo, en representacion de su hija Maria Alejandra Vasquez Montoya, contra el Seguro Social EPS y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos a la vida, salud y proteccion a la ninez de la menor MARIA ALEJANDRA VASQUEZ MONTOYA.
  2. Segundo. ORDENAR a la Jefe del Departamento de Contratacion de Servicios de Salud del Seguro Social EPS, ubicado en la ciudad de Medellin, Doctora Sandra Alvarez Valle, que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) horas, contado a partir de la notificacion de la presente sentencia, autorice el suministro de los PANALES DESECHABLES a la menor MARIA ALEJANDRA VASQUEZ MONTOYA, de acuerdo con lo prescrito por su medico tratante.
  3. Tercero. ADVERTIR al Seguro Social EPS que puede repetir en un cincuenta por ciento (50%) lo que pague en cumplimiento de este fallo y que exceda de las prestaciones y beneficios del Plan Obligatorio de Salud del regimen contributivo, ante la Subcuenta respectiva del Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Fosyga).
  4. Cuarto. LIBRESE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.