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Tutela ruling (T)December 3, 2013

T-906 de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice María Victoria Calle Correa

✓Claimant Julio Ricardo Soto Ardila·Respondent Colpensiones Y Otro

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Minimo Vital De Persona De La Tercera Edad
  • Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de vejez y tramitar la cuota parte por prestación de servicio militar obligatorio
Mora En El Pago De Aportes Y Cotizaciones Pensionales
  • No es admisible que la entidad administradora de pensiones alegue a su favor su propia negligencia en la implementación de las acciones de cobro
  • Mecanismos para que las entidades administradoras cobren la mora de los aportes y sancionen su cancelación extemporánea
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Tribunal incurrió en defecto sustantivo y desconoció precedente sobre acumulación de tiempo de prestación del servicio militar obligatorio para pensión de vejez
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Tiempo De Prestacion De Servicio Militar Obligatorio
  • Debe computarse como tiempo de servicio válido para trámite de pensión de jubilación
Separacion Del Precedente
  • El funcionario judicial puede apartarse de su propio precedente o del precedente resuelto por el superior jerárquico, siempre y cuando explique de manera expresa, amplia y suficiente las razones por las que modifica su posición
Empleador
  • Responsabilidad por omisión en el pago de aportes patronales y traslado de cotizaciones al sistema general de pensiones
Precedente Constitucional
  • Carácter vinculante
9 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se le endilga a COLPENSIONES y a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, a la seguridad social, a la igualdad, al mínimo vital y a la dignidad humana, por el hecho de negarle al actor el reconocimiento de la pensión de vejez consagrada en el artículo 7 de la Ley 71 de 1988, bajo el argumento de no poder tener en cuenta el tiempo de servicio militar como período laborado computable para acceder a la referida prestación, por no tratarse de tiempo realmente cotizado.

Se analiza temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela en el caso concreto, la obligatoriedad de las cotizaciones al Sistema de pensiones por parte del empleador y el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio como tiempo de servicio válido para el trámite de la pensión de vejez.

Se concluye que, el beneficio contemplando en el artículo 40 de la Ley 48 de 1993 relativo a la prestación del servicio militar como tiempo computable, útil y válido para efectos del reconocimiento y pago de la pensión de vejez, se aplica a cualquier colombiano que haya prestado el servicio militar y solicite su derecho pensional conforme al régimen que le es aplicable.

SE CONCEDE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias de tutela proferidas el veintidos (22) de mayo de dos mil trece (2013) por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia y el veintisiete (27) de junio del mismo ano en segunda instancia, por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia que la confirmo, negando por improcedente la accion de tutela promovida por el senor Julio Ricardo Soto Ardila contra Colpensiones y la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota. En su lugar CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales al debido proceso, a la seguridad social y al minimo vital del senor Julio Ricardo Soto Ardila.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia proferida el dia
  3. primero. (01) de agosto de dos mil doce (2012) por el Tribunal Superior de Bogota - Sala Laboral que resolvio negar el reconocimiento de la pension de vejez dentro del tramite de la demanda laboral presentada por el senor Julio Ricardo Soto Ardila contra Colpensiones.
  4. Tercero. CONFIRMAR la sentencia proferida el dia nueve (09) de julio de dos mil doce (2012) por el Juzgado Veintinueve (29) Laboral del Circuito de Bogota que resolvio conceder el reconocimiento de la pension de vejez dentro del tramite de la demanda laboral presentada por el senor Julio Ricardo Soto Ardila contra Colpensiones.
  5. Cuarto. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales (hoy Colpensiones), que en el termino de quince dias (15) siguientes a la notificacion del presente fallo, reconozca y pague la pension de vejez a que tiene derecho el senor Julio Ricardo Soto Ardila de acuerdo con las consideraciones expuestas en esta providencia.
  6. Quinto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 27cited by 21 →T-906/13C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005SU.1184/01 — Derecho Al Debido Proceso. Desconocimiento Del Juez Natural. Fuero Penal Militar E Integral. Deberes De Seguridad En El Trafico Y Salvamento · cited 642 timesSU.1184/012001C-177/98 — Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al T · cited 553 timesC-177/981998T-1028/10 · cited 234 timesT-1028/102010T-090/09 · cited 155 timesT-090/092009SU.430/98 — Solicitud De Pension De Vejez. Ders. Adquiridos. Mora Del Patrono En Aportes. Caxdac. Concedida. · cited 148 timesSU.430/981998T-063/13 · cited 118 timesT-063/132013T-284/07 · cited 113 timesT-284/072007T-079/16 — Deberes De Los Fondos De Pensiones Respecto Del Manejo De Informacion En Historias Laborales. Imposibilidad De Trasladar A Afiliados Conse · cited 123 timesT-079/162016T-013/20 — Derecho A La Pension De Vejez. Vulneración Por Colpensiones Al No Reconocer Pensión De Vejez, Por Incumplimiento De Su Deber Legal De Actual · cited 56 timesT-013/202020T-222/18 — Pension De Vejez. Evolucion Normativa. Obligacion De Las Afp De Adelantar Gestiones Para El Cobro De Aportes No Pagados Por Empleador. · cited 42 timesT-222/182018SU.226/19 — Incumplimiento De Las Obligaciones Del Empleador O De Las Entidades Administradoras En Materia De Pensiones No Es Imputable Ni Oponible Al T · cited 40 timesSU.226/192019T-436/17 — Pension De Vejez. Computo De Semanas En El Regimen De Transicion Contemplado En El Acuerdo 049/90. · cited 39 timesT-436/172017SU.182/19 — Revocatoria Directa De Pensiones Reconocidas De Manera Irregular O Con Base En Documentacion Falsa. · cited 37 timesSU.182/192019SU.068/22 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defectos Factico, Sustantivo, Por Desconocimiento Del Precedente Y Por Viol · cited 27 timesSU.068/222022T-064/18 — Pension De Vejez Y Mora En El Pago De Los Aportes Por Parte Del Empleador. · cited 18 timesT-064/182018
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.