T-885 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Maria Rosmira Franco Gomez·Respondent Hospital Santa Clara Empresa Social Del Estado
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia contra la resolución que declaró el retiro forzoso de la peticionaria en razón de su edad por existir otro medio defensa judicial
- Improcedente porque el accionante tiene a su alcance otros medios de defensa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la seguridad social, trabajo, debido proceso, vida digna y minimo vital y movil.
La peticionaria presentó el 31 de diciembre de 2007, escrito dirigido al gerente del hospital, informandole que el 14 de enero de 2008 cumplia 65 años de edad y que le hacia falta menos de un año de cotizaciones para completar el tiempo exigido para obtener la pension de vejez, por lo cual le manifesto su deseo de continuar trabajando hasta que se definiera su estatus de pensionada.
Sin embargo mediante una resolucion, el gerente declaró el retiro forzoso por edad, de la accionante, por lo que interpuso recurso de reposicion, solicitando su reintegro, ademas considera que es beneficiaria del regimen de transicion.
Naturaleza subsidiaria de la tutela e improcedencia cuando existen otras vias judiciales como en el caso concreto, la demandante tenia que acudir a la jurisdiccion contencioso-administrativa para atacar el acto administrativo y aunque solicito la tutela transitoria, de las pruebas no se colige que se le esta causando un perjuicio irremediable.
Se declara improcedente.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida en segunda instancia por el Juzgado 54 Penal del Circuito de Bogotá D.C., el veintiuno (21) de abril de dos mil ocho (2008), que confirmó la sentencia emitida por el Juzgado 57 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá D.C., el veinte (20) de febrero de dos mil ocho (2008), que a su turno declaró improcedente la acción de tutela impetrada por la señora María Rosmira Franco Gómez contra el Hospital Santa Clara E.S.E.
- SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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