T-813 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Uprimny Yepes
✓Claimant Henry John Almanza Góngora Vs. Hospital De Cartagena Del Chaira
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Ordenes para superar el estado de cosas inconstitucional en la población desplazada
- Alcance
- No es la autoridad encargada de proteger al actor de amenaza por grupos armados ni está obligado al pago de salarios
- Puede convocar otras entidades para protección de la población desplazada
- Procedencia respecto a desplazados
- No deben esperar a que se instauren acciones judiciales para proteger los derechos de las personas
- Amenaza por grupos armados al administrador de Hospital de Cartagena del Chaira
- Protección por instituciones nacionales a administrador del Hospital de Cartagena del Chaira
- Instituciones comprometidas con el deber de protección
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 20 de enero de 2004 por el juzgado promiscuo del circuito de Puerto Rico -Caqueta-, mediante la cual fue confirmada la decision de negar la tutela solicitada por el ciudadano HENRY JOHN ALMANZA GONGORA.
- Segundo. COMUNICAR la presente sentencia al Consejo Nacional para la Atencion Integral a la Poblacion Desplazada por la Violencia; al Director de la Red de Solidaridad Social de la Presidencia de la Republica y al Alcalde de Bogota, D.C., con el proposito de que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, inicien la evaluacion que permita establecer si el accionante puede ser beneficiado con los programas de proteccion que estas instituciones vienen coordinando y ofreciendo. En caso de resultar favorable la evaluacion para el senor ALMANZA GONGORA y su familia, debera ser incluido inmediatamente en los planes y programas de estas instituciones.
- Tercero. Levantar la suspension de terminos ordenada en el presente caso mediante auto del 18 de junio del presente ano.
- Cuarto. Por Secretaria librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.