T-718 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Adriana Maria Zuluaga Giraldo Vs. E.S.E. Rafael Uribe Uribe De Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Características
- Contenido y finalidad
- Fundamental autónomo
- Imposibilidad de trasladar al peticionario las fallas o deficiencias de la administración en el manejo de la información
- Alcance y contenido
- Alcance y contenido
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al habeas data y de petición de exservidora de la clinica leon xiii a quien no le han reconocido las acreencias laborales por supuestas inconsistencias en la informacion relacionada con su historia laboral en el grupo de escision del iss bogota y la demora en la correccion de los datos.
Solicita se ordene a la entidad corregir las inconsistencias presentadas en la documentación relacionada con sus acreencias laborales y la envie al grupo de escision para la cancelacion de los pasivos.
Análisis del derecho fundamental del habeas data y sus características en la vertiente de acceso a datos de historia laboral.
Existe una obligacion constitucional para los administradores de archivos publicos en el sentido de actualizar a partir de las posibilidades existentes y de la funcion constitucional que desempeñan y soportan la información que custodian y administran toda vez que esta permite el goce efectivo de otros derechos por parte de los titulares de la información.
Desconocimiento del derecho fundamental de petición cuando existen fallas en la comunicación entre dos entidades.
Hace parte del derecho fundamental de petición la necesidad de la respuesta de fondo y oportuna sin que la constituya la informacion del tramite en el cual se encuentra la solicitud cuando esta ha sido reitera e indefinida.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos para fallar el presente asunto, decretada por la Sala en auto de 14 de junio de 2005.
- SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Catorce Penal del Circuito de Medellin, el 1 de febrero de 2005 y, en su lugar, CONCEDER la tutela al derecho fundamental al habeas data y de peticion de la senora Adriana Maria Zuluaga Giraldo.
- TERCERO. ORDENAR a la Empresa Social del Estado-E.S.E. Rafael Uribe Uribe de Antioquia adoptar las medidas necesarias para que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, si no lo ha hecho aun, proceda a realizar las correcciones y ajustes necesarios en la historia laboral de la senora Adriana Maria Zuluaga Giraldo, y remita tal informacion al Grupo de Escision del Instituto de Seguros Sociales con sede en Bogota, con el fin de que le sean canceladas las prestaciones laborales a las que tenga derecho.
- CUARTO. ORDENAR al Grupo de Escision del Instituto de Seguros Sociales con sede en Bogota, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, realice todas las gestiones de requerimiento necesarias a la E.S.E. Rafael Uribe Uribe, para que envie toda la informacion solicitada, si no lo ha hecho aun.
- QUINTO. ORDENAR al Grupo de Escision del Instituto de Seguros Sociales con sede en Bogota, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir del recibo de la informacion requerida por parte de la E.S.E. Rafael Uribe Uribe, produzca una respuesta de fondo a los derechos de peticion presentados por la senora Maria Zuluaga Giraldo.
- SEXTO. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.