T-322 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Zayda Fajardo Calvo·Respondent Superintendencia De Notariado Y Registro Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Obligaciones generales y específicas de las entidades públicas que custodian los documentos y la obligación de reconstrucción del expediente
- Etapas administrativas que deben cumplirse para su liquidación, expedición, emisión y redención
- Orden a representante legal de la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público reconocer y pagar bono pensional
- Orden a Fondo de Pensiones reconocer y pagar la prestación pensional, de conformidad con bono pensional que será emitido
- Acción de tutela para ordenar reconocimiento y pago de la pensión de vejez a sujeto de especial protección constitucional
- Reiteración de jurisprudencia
- Relaciones laborales entre notario y sus empleados se guían por el Código Sustantivo del Trabajo, cuando ocurre un cambio de notario puede configurarse la figura de la sustitución patronal
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante considera que las entidades accionadas vulneraron sus derechos fundamentales a la seguridad social, al mínimo vital y a la vida digna, al negar el reconocimiento y pago de la pensión de vejez a la que considera tiene derecho, por tener más de setenta años y haber laborado de manera ininterrumpida en la Notaría accionada, por más de cuarenta años, alegando que faltan tiempos en su historia laboral que deben ser reconstruidos.
Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.
La normativa aplicable para la liquidación, emisión y expedición de los bonos pensionales. 2º.
El régimen de los trabajadores de las notarías. 3º.
El deber de custodia, guarda y reconstrucción de documentos en cabeza de las entidades públicas y; 4º.
El derecho constitucional a la seguridad social y su relación con el derecho fundamental al mínimo vital.
Se CONCEDE el amparo invocado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos tutelados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. REVOCAR la providencia del 8 de agosto de 2019, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota - Sala Laboral, que confirmo el fallo emitido el 27 de junio de 2019 por el Juzgado Treinta y Seis Laboral del Circuito de Bogota. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, al minimo vital y a la vida digna invocados por la senora Zayda Fajardo Calvo.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Credito Publico que en un lapso no superior a ocho (8) dias contados desde la notificacion de esta providencia, emita, expida y pague el bono pensional de la senora Zayda Fajardo Calvo a partir de la informacion laboral ya consolidada.
- TERCERO. ORDENAR a la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantias Proteccion S.A. que inicie, a partir del bono pensional que la OBP del Ministerio de Hacienda y Credito Publico emita y de la informacion laboral que le sirve de sustento, el tramite correspondiente para liquidar y reconocer la prestacion pensional a la que tiene derecho la senora Zayda Fajardo Calvo. Lo anterior, se debe surtir dentro de los ocho (8) dias subsiguientes a la emision, expedicion y pago del bono pensional que realice la OBP del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, de acuerdo a la orden emitida en el numeral
- segundo. del resuelve.
- CUARTO. DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela contra la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, por falta de legitimacion en la causa por pasiva.
- QUINTO. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones a las que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.