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Tutela ruling (T)June 12, 2018

T-226 de 2018

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Martha Nelly Sierra Restrepo·Respondent Ex-Liquidador De Aces S.A. Liquidada

✓
Topic · hard data
Derecho A La Emisión Del Bono Pensional.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Emision De Bonos Pensionales
  • Orden a Fondo de Pensiones iniciar el trámite correspondiente para evaluar el cumplimento de requisitos, liquidar y reconocer la prestación pensional a la que pueda tener derecho la accionante, en calidad de cónyu
  • Se adquiere desde el momento del traslado al régimen de ahorro individual, y liquidación y emisión deberá realizarse conforme a la normatividad aplicable en ese momento
Liquidacion Y Emision Del Bono Pensional
  • Orden a la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles liquidar y emitir el bono pensional
4 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a una empresa liquidada que no emitió la certificación del tiempo laborado en ella por el cónyuge la accionante, la cual se necesitaba para que Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías diera trámite a la liquidación, emisión y redención del bono pensional, con aras a resolver lo correspondiente al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes.

El ex coordinador financiero de la demandada adujo la imposibilidad material de acceder a lo pedido, en virtud de que la empresa se liquidó y, en consecuencia, se canceló la matrícula mercantil y en la actualidad no estaba dotada de personería jurídica.

La Corte se pronuncia sobre el reconocimiento del bono pensional cuando hay un impedimento para efectuar su liquidación y emisión debido a la imposibilidad material o jurídica para que una empresa liquidada certifique, conforme lo exige el artículo 23 del Decreto 1748 de 1995, la información laboral de un aviador civil fallecido.

Se CONCEDE el amparo invocado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. LEVANTAR la orden de suspension para fallar el tramite de revision del fallo que se profirio con ocasion de la accion de tutela que la senora Martha Nelly Sierra Restrepo interpuso contra Felipe Negret Mosquera, en calidad de exliquidador de Aerolineas Centrales de Colombia S.A. -Aces S.A. Liquidada-, para en su lugar resolver de fondo el mismo.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo proferido el 26 de abril de 2013 por el Juzgado Veintidos Civil Municipal de Medellin, en tanto declaro improcedente la accion de tutela interpuesta por la senora Martha Nelly Sierra Restrepo, y en su lugar, CONCEDER el amparo del derecho a la seguridad social de la accionante.
  3. Tercero. ORDENAR a la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociacion Colombiana de Aviadores Civiles que, en caso de no haberlo hecho aun, liquide y emita el bono pensional a partir, primero, del valor de la cuota parte que estimo con base en la informacion laboral disponible correspondiente a la relacion de trabajo del causante con Aces S.A. Liquidada, y, segundo, del monto estimado que efectivamente se recaudo durante el proceso de liquidacion de aquella sociedad, sin perjuicio de que por la via ordinaria se discutan los extremos de esa relacion laboral y el valor de la liquidacion del bono si las partes interesadas llegan a estar inconformes.
  4. Cuarto. ORDENAR a la Administradora de Fondo de Pensiones y Cesantias Porvenir S.A. que, en caso de no haberlo hecho aun, inicie, a partir del bono pensional que la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociacion Colombiana de Aviadores Civiles emita y de la estimacion y la informacion laboral que le sirve de sustento, el tramite correspondiente para evaluar el cumplimento de los requisitos, liquidar y reconocer la prestacion pensional a la que pueda tener derecho la senora Martha Nelly Sierra Restrepo, en calidad del conyuge superstite del senor Antonio Jose Restrepo Uribe.
  5. Quinto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.