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Tutela ruling (T)October 6, 2009

T-708 de 2009

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Henao Pérez

✓Claimant Marc Marcel Elmoznino·Respondent Porvenir S.A. Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Bono Pensional
  • Obligación de emisión nace en el momento de traslado
  • Se debe aplicar la norma que existía al momento en que el peticionario se trasladó al régimen de ahorro individual con solidaridad
  • Liquidación se produce con posterioridad al nacimiento de la obligación
Derecho A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital
  • No se reconoce al peticionario la devolución de saldos de su cuenta de ahorro individual por no haber cotizado 500 semanas en el nuevo régimen
  • Devolución de saldos por parte del Fondo Privado de Pensiones
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
  • El actor es sujeto de especial protección debido a su avanzada edad
Principio De Equidad
  • Aplicación del artículo 61 de la ley 100 de 1993 debe atender las circunstancias de cada caso concreto
Acción De Tutela
  • Procedencia para reconocimiento de derechos pensionales de personas de la tercera edad
5 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Mínimo vital, seguridad social.

En el año 2001, el peticionario se trasladó al régimen de ahorro individual con solidaridad y empezó a cotizar a Porvenir S.A.

Debido a su precario estado de salud y a su avanzada edad, el peticionario dejó de de cotizar.

Cuando cumplió setenta (70) años de edad, solicitó a Porvenir S.A. la devolución de los saldos de su cuenta de ahorro individual.

Sin embargo, su solicitud fue denegada puesto que la Oficina de Bonos Pensiónales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (OBP) se negó a emitir su bono pensional.

La Sala para dar solución al caso hace reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento de derechos pensiónales de las personas de tercera edad, encuentra que la Oficina de Bonos Pensiónales ha creado una situación in equitativa que perjudica al peticionario al exigirle que siga cotizando 460 semanas adicionales para el reconocimiento de la pensión, por lo tanto ordena el pago del bono pensional para que pueda ser reconocida la devolución de saldos.

Concedida.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion de la Corte Suprema de Justicia el dia 19 de mayo de 2009 y CONFIRMAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota el dia 6 de marzo de 2009, en la accion de tutela instaurada por Marc Elmoznino contra el Fondo de Pensiones Porvenir S.A., el Instituto de Seguro Social (I.S.S.) y el Ministerio de Hacienda y Credito Publico. En su lugar, CONCEDER amparo judicial del derecho fundamental a la seguridad social del accionante.
  2. Segundo. ORDENAR al representante legal de la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reconozca y pague el bono pensional a favor del peticionario para lo cual debera aplicarse integralmente lo dispuesto en el articulo 21 del Decreto 1474 de 1997, modificado por el Decreto 1513 de 1998.
  3. Tercero. ORDENAR al representante legal de Porvenir S.A., que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la expedicion del bono pensional a favor del peticionario, reconozca y pague la devolucion de los saldos de la cuenta de ahorro individual del actor.
  4. Cuarto. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.