JurídicoESEN
Tutela ruling (T)September 15, 2014

T-706 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Maria Clemencia Elsie Lopera De Jimenez Y Otros·Respondent Colpensiones

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Entidad Administradora De Pensiones
  • Deber de custodia, conservación y guarda de la información concerniente al Sistema de Seguridad Social
Datos Personales
  • Clasificación
Derecho Al Habeas Data
  • Fundamental autónomo
  • Orden a Colpensiones revisar y actualizar historia laboral y corregir cualquier inconsistencia que exista en relación con el nombre de la demandante y con las cotizaciones efectuadas como trabajadora independiente
  • Concepto
7 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

En varias oportunidades los accionantes solicitaron al ISS y a Colpensiones el reconocimiento y pago de la pensión de vejez, pero esta pretensión fue denegada con el argumento del incumplimiento del requisito del tiempo laborado o semanas cotizadas.

Las demandadas conminaron a los actores a continuar realizando aportes al sistema de seguridad social en pensiones o, en su defecto, pedir la indemnización sustitutiva que les correspondía.

Los demandantes plantearon la existencia de varios errores en la historia laboral, cuestionaron que se les imputara la mora de terceros en el pago oportuno de cotizaciones y criticaron la supuesta inactividad de las entidades de Seguridad Social para garantizar el cumplimiento forzoso de dichas obligaciones.

Se reitera jurisprudencia constitucional en torno al derecho al habeas data en el ámbito de la seguridad social y se recuerdan algunos aspectos del régimen de transición y del Acto Legislativo 01 de 2005.

Se tutela el derecho al habeas data y se ordena a la accionada revisar y actualizar la historia laboral de los demandantes, al igual que pronunciarse de nuevo sobre la prestación reclamada por éstos.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 21 de abril de 2014 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que a su vez confirmo la decision adoptada el 28 de febrero de 2014 por el Juzgado 23 Laboral del Circuito de la citada ciudad, en el sentido de declarar improcedente la tutela promovida contra COLPENSIONES en el expediente T-4.350.117. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al habeas data de la senora Maria Clemencia Elsie Lopera de Jimenez.
  2. Segundo. ORDENAR a COLPENSIONES, por conducto de su representante legal o de quien haga sus veces, que dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, revise y actualice la historia laboral de la senora Maria Clemencia Elsie Lopera de Jimenez, en especial en lo referente a la ausencia de informacion sobre la manera como se imputo el pago de las 26 semanas que se observa en el reporte de semanas cotizadas para el periodo comprendido entre el 11/12 de 1986 y el 12/06 de 1987. Igualmente, le ordenara que corrija cualquier inconsistencia que exista en relacion con el nombre de la demandante y con las cotizaciones efectuadas como trabajadora independiente.
  3. Una vez ocurra lo anterior, en el termino maximo de quince (15) dias, le correspondera a la citada entidad pronunciarse de nuevo sobre la pension de vejez reclamada, de acuerdo con el regimen que le resulte aplicable a la accionante, de conformidad con lo previsto en esta providencia y lo senalado en el articulo 48 del Texto Superior, segun con el cual: "Se entiende que la pension se causa cuando se cumplen todos los requisitos para acceder a ella, aun cuando no se hubiese efectuado el reconocimiento".
  4. Tercero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 2 de abril de 2014 por la Sala de Decision Especializada en Restitucion de Tierras, Sala Civil, del Tribunal Superior de Bogota, que a su vez confirmo la decision adoptada el 19 de febrero de 2014 por el Juzgado 38 Civil del Circuito de la citada ciudad, en la que se tutelo el derecho de peticion contra COLPENSIONES en el expediente T-4.362.060. Por las razones expuestas en esta providencia, ADICIONAR el fallo mencionado, en el sentido AMPARAR el derecho fundamental al habeas data de la senora Carmen Elisa Tellez Chivata.
  5. Cuarto. ORDENAR a COLPENSIONES, por conducto de su representante legal o de quien haga sus veces, que dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, revise y actualice la historia laboral de la senora Carmen Elisa Tellez Chivata, en especial teniendo en cuenta las inconsistencias que se senalan para los ciclos 1995-03, 1997-01, 2011-06, 2011-09, 2011-12, 2012-03, 2012-09 y 2012-10. De igual manera, para estos efectos, debera observarse la documentacion allegada al ISS relativa al tiempo en que la accionante trabajo como servidora publica en el Hospital Santa Clara (ESE).
  6. Una vez ocurra lo anterior, en el termino maximo de quince (15) dias, le correspondera a la citada entidad pronunciarse de nuevo sobre la pension de vejez reclamada, de acuerdo con el regimen que le resulte aplicable a la accionante, de conformidad con lo previsto en esta providencia y lo senalado en el articulo 48 del Texto Superior, segun con el cual: "Se entiende que la pension se causa cuando se cumplen todos los requisitos para acceder a ella, aun cuando no se hubiese efectuado el reconocimiento".
  7. Quinto. REVOCAR la sentencia proferida el 14 de febrero de 2014 por el Juzgado 4 Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota, en la que se declaro improcedente la tutela promovida contra COLPENSIONES en el expediente T-4.365.843. En su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental al habeas data del senor Jairo Naranjo Correa.
  8. Sexto. ORDENAR a COLPENSIONES, por conducto de su representante legal o de quien haga sus veces, que dentro de los quince (15) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, revise y actualice la historia laboral del senor Jairo Naranjo Correa, precisando cuales son los periodos de cotizacion que le corresponden asumir a la empresa Espumas Universal, frente a los cuales la citada entidad puede iniciar las acciones de cobro previstas en el ordenamiento juridico.
  9. Una vez ocurra lo anterior, en el termino maximo de quince (15) dias, le correspondera a dicha administradora de pensiones pronunciarse de nuevo sobre la pension de vejez reclamada, de acuerdo con el regimen que le resulte aplicable a la accionante, de conformidad con lo previsto en esta providencia y lo senalado en el articulo 48 del Texto Superior, segun con el cual: "Se entiende que la pension se causa cuando se cumplen todos los requisitos para acceder a ella, aun cuando no se hubiese efectuado el reconocimiento".
  10. Septimo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 41cited by 16 →T-706/14T-043/07 · cited 362 timesT-043/072007SU.975/03 — Derecho A La Igualdad. Nivelacion O Reajuste Pensional Para Exmagistrados En Cuantia Equivalente A La De Congresistas. Concedida Parcial. · cited 354 timesSU.975/032003C-634/11 — Fuerza Vinculante De La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Para Las Autoridades Administrativas En El Ejercicio De Sus Competencias. · cited 263 timesC-634/112011C-789/02 — Regimen De Transicion En Pensiones. Traslado Nuevamente Al Régimen De Prima Media · cited 261 timesC-789/022002C-258/13 — Regimen De Transicion En Pensiones A Congresistas, Magistrados De Altas Cortes Y Otros Altos Funcionarios A Los Que Resulta Aplicable-Efecto · cited 196 timesC-258/132013C-1011/08 — Proyecto De Ley Estatutaria De Habeas Data Y Manejo De Informacion Contenida En Bases De Datos Personales · cited 178 timesC-1011/082008T-836/06 · cited 173 timesT-836/062006SU.082/95 — Habeas Data. Limite Temporal De La Informacion. Plazo De Permanencia De Los Deudores Morosos En Las Listas Negras. Concedida Parcialmente. · cited 167 timesSU.082/951995T-079/16 — Deberes De Los Fondos De Pensiones Respecto Del Manejo De Informacion En Historias Laborales. Imposibilidad De Trasladar A Afiliados Conse · cited 123 timesT-079/162016T-138/17 — Derecho De Peticion En Materia Pensional. Colpensiones No Respondio De Forma Congruente La Solicitud De Pension De Sobrevivientes En Calida · cited 60 timesT-138/172017T-013/20 — Derecho A La Pension De Vejez. Vulneración Por Colpensiones Al No Reconocer Pensión De Vejez, Por Incumplimiento De Su Deber Legal De Actual · cited 56 timesT-013/202020T-463/16 — Pension De Vejez. Carga De La Prueba De Colpensiones En Inconsistencias De Historia Laboral. · cited 29 timesT-463/162016T-568/17 — Consulta Previa En El Ambito De Las Actuaciones Administrativas. · cited 25 timesT-568/172017T-029/18 — Pension Especial De Vejez Por Hijo En Situacion De Discapacidad. · cited 23 timesT-029/182018T-049/23 — Derecho A La Educación Superior-Resultado Del Examen Opcional De Clasificación De Una Segunda Lengua Es Reservada · cited 12 timesT-049/232023T-311/23 — Acción De Tutela Para Reconocimiento Pensional Por Invalidez-Procedencia Excepcional Al Verificar El Cumplimiento De Los Requisitos Legales · cited 11 timesT-311/232023
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.