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Tutela ruling (T)December 2, 2016

T-684 de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice María Victoria Calle Correa

✓Claimant Diana Marcela Arias Bletran·Respondent Colpensiones Y Otros

✓
Topic · hard data
Pension De Invalidez Para Victimas De La Violencia Y El Derecho Al Minimo Vital.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para Reconocimiento De Pension Por Invalidez Para Victimas De La Violencia
  • Procedencia excepcional por afectación al mínimo vital y vida digna de sujetos de especial protección
Derecho Al Minimo Vital Y A La Vida Digna De Las Victimas De La Violencia
  • Vulneración por Colpensiones al haberle negado el reconocimiento de la pensión de invalidez para las víctimas de la violencia a la accionante aun cuando cumplía las condiciones est
Pension Por Invalidez Para Victimas De La Violencia
  • Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión especial de invalidez en la condición de víctima del conflicto armado interno a la accionante
  • Procedencia excepcional de la acción de tutela para reconocimiento y pago
Sujetos De Especial Protección Constitucional
  • Procedencia excepcional de la tutela para sujetos cobijados por una protección constitucional reforzada
4 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se atribuye a Colpensiones la vulneración de derechos fundamentales, como consecuencia de negar a la actora el reconocimiento de la pensión especial mínima para las víctimas del conflicto armado, pese a cumplir los requisitos para acceder a ella.

La Sala concluye que, una víctima del conflicto armado que ostente tal calidad, que haya sufrido una pérdida de capacidad laboral del 50% o más calificada con base en el Manual Único para la calificación de invalidez expedido por el Gobierno Nacional, que no tenga otras posibilidades pensionales y, que carezca de una afiliación al régimen contributivo en salud, tiene derecho a acceder a la pensión especial de invalidez para las víctimas de la violencia contemplada en el artículo 46 de la Ley 418 de 1997.

Se CONCEDE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR el fallo de segunda (2a) instancia, proferido por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia el treinta (30) de junio de dos mil dieciseis (2016), y en su lugar, CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo proferido en primera (1a) instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota el
  2. primero. (1deg) de junio de dos mil dieciseis (2016) que concedio el amparo de los derechos fundamentales de Diana Marcela Arias Beltran, concretamente, el minimo vital y la vida digna debido a que, en razon a la naturaleza particular y especifica que justifica la pension especial de invalidez para victimas, no hace parte del Sistema General de Pensiones.
  3. Segundo. ORDENAR a Colpensiones que en el termino improrrogable de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, proceda a tramitar el reconocimiento y pago de la pension especial de invalidez en la condicion de victima del conflicto armado interno a Diana Marcela Arias Beltran.
  4. Tercero. MODIFICAR el numeral 4deg de la parte resolutiva del fallo de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota, en el sentido que Colpensiones tendra el derecho a repetir contra la fiducia o la forma de administracion financiera que cree el Fondo de Solidaridad Pensional, con el fin de recuperar las sumas de dinero que deba asumir por concepto del reconocimiento y pago de la pension especial por invalidez para victimas del conflicto armado a favor de Diana Marcela Arias Beltran.
  5. Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.