T-663 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Amanda Morales De Quiñones·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Colpensiones reconocer, liquidar y pagar la pensión de sobrevivientes, incluyendo el tiempo de permanencia como cadete en la Escuela de Formación Militar
- Todo Cadete tendrá derecho a que le sea computado el tiempo de permanencia en las Escuelas de formación militar, para efectos de acc
- Naturaleza, finalidad y requisitos para su reconocimiento
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante solicita al juez constitucional amparar sus derechos fundamentales y en consecuencia, que ordene a Colpensiones reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes a la que tiene derecho en virtud del fallecimiento de su cónyuge.
Como pretensión subsidiaria pide, en caso de no ser viable la primera, que se le conceda a su difunto esposo una pensión post mortem y a ella la sustitución de esta prestación.
El cónyuge de la peticionaria solicitó en reiteradas ocasiones al extinto ISS el reconocimiento de su pensión de vejez, pero ésta siempre fue denegada por no reunir el tiempo de servicios o semanas de cotización exigidas por las Leyes 33 de 1985 y 71 de 1988.
En uno de los actos administrativos que negó la prestación se hizo constar que el causante estuvo vinculado como Cadete en el Ministerio de Defensa Nacional, pero que este tiempo no fue convalidado por la entidad.
Se reitera jurisprudencia relacionada con el derecho a la pensión de sobrevivientes y se analiza si debe tenerse en cuenta el tiempo de permanencia en las Escuelas de Formación Militar, como tiempo de servicio para el reconocimiento de una pensión en el Sistema General de Seguridad Social.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la Colpensiones reconocer, liquidar y pagar la pensión de sobrevivientes reclamada, conforme al régimen previsto en la Ley 71 de 1988 y teniendo en cuenta el tiempo de permanencia como cadete en la Escuela de Formación Militar, frente a la cual debe tramitar y exigir la respectiva cuota parte.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 31 de marzo de 2016 por el Juzgado Cincuenta y Seis (56) Penal del Circuito con Funcion de Conocimiento de Bogota que declaro improcedente la accion de tutela y, en su lugar, CONCEDER el amparo judicial de los derechos al minimo vital, a la dignidad humana, al debido proceso y a la vida digna de la senora Amanda Morales de Quinones.
- Segundo. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, que en el termino de diez (10) siguientes a la notificacion del presente fallo, proceda a reconocer, liquidar y pagar la pension de sobrevivientes a que tiene derecho la senora Amanda Morales de Quinones, conforme al regimen previsto en la Ley 71 de 1988, desde el tiempo en que adquirio el derecho, incluyendo el tiempo de permanencia como cadete en la Escuela de Formacion Militar, frente a lo cual procedera como corresponda, en los terminos previstos en esta providencia.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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