T-648 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Fernando Santos Velasquez·Respondent Arp Colpatria
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fundamental e irrenunciable
- Procedencia excepcional por afectación al mínimo vital y vida digna de sujetos de especial protección
- Protección especial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud, vida digna, seguridad social, mínimo vital.
El accionante sufrió un grave accidente de trabajo, la ARP lo calificó con un 73.31% de perdida de capacidad laboral, en ese momento se encontraba afiliado a la ARP accionada como trabajador independiente a través SERVISOCIAL, la cual era una simple intermediaria.
La ARP accionada se niega a reconocer dicha pensión debido a que el accionante en el momento en que ocurrió el accidente no se encontraba trabajando para SERVISOCIAL, el accionante alega que él no trabajaba para esta entidad simplemente realizaba las cotizaciones a través de ella, por lo tanto solicita el reconocimiento de su pensión de invalidez y las incapacidades causadas.
La Sala encuentra qué, el peticionario no dispone de otro medio eficaz e idóneo de defensa judicial, debido a que sen encuentra en un grave estado de indefensión por la perdida de capacidad laboral que padece, la Corte no encuentra razón valida para que la ARP demandada se abstenga de hacer el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, ya que la naturaleza del aportante si es dependiente o independiente no tiene relevancia, además dicha ARP pagó los tres primeros meses de incapacidad y libró dictamen de pérdida de capacidad laboral, por lo tanto es su obligación el pago de la pensión de invalidez y las incapacidades causadas.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en abril 27 de 2009 por el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Ibague, que habia confirmado el dictado en marzo 6 de 2009 por el Juzgado Trece Penal Municipal de esa ciudad. En su lugar, se dispone CONCEDER la tutela interpuesta por el senor Fernando Santos Velasquez.
- Segundo. ORDENAR, en consecuencia, a ARP COLPATRIA SEGUROS DE VIDA COLPATRIA S.A., por intermedio de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, reconozca y pague pension de invalidez al senor Fernando Santos Velasquez, conforme al Dictamen de Calificacion de Perdida de Capacidad Laboral, emanado del equipo interdisciplinario de calificacion de invalidez de la aseguradora.
- Tercero. ORDENAR a ARP COLPATRIA SEGUROS DE VIDA COLPATRIA S.A, por intermedio de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, pague las mesadas adeudadas al senor Fernando Santos Velasquez por concepto de pension de invalidez, debidamente indexadas, junto con los intereses moratorios causados por mora.
- Cuarto. ORDENAR a ARP COLPATRIA SEGUROS DE VIDA COLPATRIA S.A, por intermedio de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, pague las incapacidades laborales adeudadas al senor Fernando Santos Velasquez, debidamente indexadas, junto con los intereses moratorios causados por mora, incluida la indexacion e intereses moratorios de las incapacidades laborales pagadas en forma tardia.
- Quinto. PREVENIR a ARP COLPATRIA SEGUROS DE VIDA COLPATRIA S.A., acerca del cumplimiento de las disposiciones previstas en materia de reconocimiento y pago de pension de invalidez.
- Sexto. COMPULSAR, con destino a la Superintendencia Financiera para lo de su cargo, copia de este expediente, incluida la presente providencia.
- Septimo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.