T-614 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Sirly Gomez Ortiz En Representacion De Su Hijo Juan Andres Gomez Ortiz·Respondent Secretaria De Salud De Bogota Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Responsabilidad en atención en salud de las personas vinculadas
- Principios rectores como eficiencia, universalidad y solidaridad
- Principios de continuidad, integralidad y garantía de acceso a los servicios de salud
- Excepción al cumplimiento de copagos o cuotas moderadoras en caso de enfermedades ruinosas o catastróficas y de alto costo
- Reiteración de jurisprudencia
- Orden a Secretaría de Salud y Hospital exonerar de copago, cuota moderadora o cuota de recuperación, o cualquier otro concepto de pago, durante el tratamiento médico del menor
- Afiliados a régimen contributivo o subsidiado y participantes vinculados
- Participantes vinculados
- Procedencia de tutela
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante, en calidad de agente oficiosa de un hijo de quince años de edad, pretende que se amparen los derechos fundamentales presuntamente vulnerados por las entidades demandadas, al negarle a su hijo la afiliación al régimen subsidiado de salud y la exoneración de copagos, pese a tener claro que ella no cuenta con capacidad económica y que su hijo padece de una enfermedad catastrófica de alto costo, denominada Leucemia Mieloide Aguda.
La Sala de Revisión se pronuncia sobre los siguientes aspectos: 1º.
Principio de cubrimiento universal y los deberes de las entidades territoriales en su garantía, a partir de la expedición de la Ley 1438 de 2011, en lo concerniente al derecho fundamental a ser afiliado a alguno de los regímenes de salud. 2º.
Fundamentalidad del derecho a la salud. 3º.
El derecho fundamental a la salud de los niños y niñas en el orden constitucional colombiano y, 3º.
El sistema legal de pagos moderadores y las enfermedades ruinosas o catastróficas como excepción al sistema de copagos.
Se CONCEDE la protección de los derechos fundamentales a la vida digna y a la salud del menor agenciado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la Sentencia proferida el 5 de marzo de 2014 por el Juzgado Veintisiete Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bogota que nego el amparo solicitado dentro de la accion de tutela instaurada por Sirly Gomez Ortiz en representacion de su hijo Juan Andres Gomez Ortiz. En su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la vida digna y a la salud.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaria de Salud del Distrito y al Director(a) o representante legal de la Fundacion Hospital de la Misericordia, o a quien haga sus veces, que dentro de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, dispongan todos los tramites administrativos necesarios para que de manera inmediata dejen sin efectos la obligacion numero 12470 asi como todas aquellas que se hayan causado por concepto de copago, cuota moderadora o cuota de recuperacion, o cualquier otro concepto de pago, durante el tratamiento medico del menor Juan Andres Gomez Ortiz.
- Tercero. ORDENAR a la Secretaria de Salud del Distrito y al Director(a) o representante legal de la Fundacion Hospital de la Misericordia, o a quien haga sus veces, que en adelante se abstenga de realizar cobros, por concepto de copagos o cuotas moderadoras por la prestacion de los servicios en salud que tenga que brindar al menor Juan Andres Gomez Ortiz para el tratamiento integral de la enfermedad denominada "leucemia mieloide aguda" que padece.
- Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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