T-610 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Janeth Mancipe Tabarez Vs. Cafesalud Ars Ibague Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Atención preferente y especial a sus afiliados
- Niega examen de urodinamia por encontrarse fuera del POS
- Obligaciones frente a servicios no incluidos en el POS
- Autorización examen de urodinamia excluido del POS y repetición contra el Fosyga
- EPS o ARS debe velar por su atención integral
- Mejoramiento calidad de vida
- Fundamental por conexidad
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia del dos (2) de mayo de 2003, proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Ibagué, en la acción de tutela instaurada por Janeth Mancipe Tabarez contra las entidades accionadas, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos a la salud en conexidad con el derecho a la vida digna.
- Segundo. ORDENAR a la A.R.S. Cafesalud de Ibagué que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia autorice la práctica del examen "urodinamia" a la señora Janeth Mancipe Tabarez.
- Tercero. DECLARAR que le asiste derecho a la ARS Cafesalud de Ibagué a obtener el reembolso de lo gastado en cumplimiento de la orden emitida por esta Sala y en consecuencia, podrá repetir contra la subcuenta correspondiente del Fondo de Solidaridad Social en Salud (FOSYGA).
- Cuarto. Para dar cumplimiento a lo señalado en el numeral anterior, el Fondo de Solidaridad y Garantía del Ministerio de Salud dispone de un término de seis (6) meses contados a partir de la presentación y formalización de las cuentas respectivas.
- Quinto. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.