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Tutela ruling (T)July 16, 2014

T-512 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant Alba Luz Espinosa Suarez En Calidad De Agente Oficosa De Jefferson Vargas Espinosa·Respondent Comfamiliar E.P.S. S Y Otro

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud Como Derecho Fundamental
  • Reiteración de jurisprudencia sobre protección por tutela
  • Protección constitucional
Derecho A La Salud
  • Doble connotación al ser un derecho fundamental y al mismo tiempo un servicio público
Derecho A La Salud Y A La Vida En Condiciones Dignas
  • Orden a EPS-S suministrar silla de ruedas y colchoneta anti-escaras ordenados por médico tratante
Derecho Fundamental A La Salud
  • Naturaleza y contenido
Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Suministro de medicamentos y elementos esenciales para sobrellevar un padecimiento o enfermedad que afecte la calidad y la dignidad de la vida
Legitimacion Por Activa En Tutela Y Agencia Oficiosa
  • Si del escrito de tutela se desprende la imposibilidad del titular del derecho de acudir en su propio nombre para su defensa, el juez puede hacer la interpretación que se acude como agente oficioso
8 topics · 9 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La actora, en calidad de agente oficiosa de un hijo a quien le diagnosticaron mielitis dorsal, solicita que se ordene a la E.P.S. demandada, autorizar la entrega de los elementos e implementos recomendados por el médico tratante, para hacer que la vida del joven se desarrolle en condiciones más dignas.

Los insumos requeridos fueron negados por estar excluidos tácitamente del POS y por considerarse que era la Secretaría Departamental de Salud del Huila, la responsable de cubrir esos gastos.

Se reitera la siguiente jurisprudencia constitucional: 1º.

Legitimación para incoar una acción de tutela en nombre de terceros. 2º.

El derecho a la salud, su naturaleza y protección constitucional. 3º.

El suministro de medicamentos y procedimientos excluidos del POS. 4º.

La responsabilidad compartida entre el Estado y las E.P.S.S en la prestación de servicios excluidos del plan de beneficios establecido en el régimen subsidiado. 4º.

El suministro de elementos, que a pesar de no ostentar la calidad de medicamentos, se estiman esenciales para el desarrollo digno de la existencia del paciente.

SE CONCEDE. <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el siete (07) de enero de 2014, por el Juzgado
  2. Primero. Penal Municipal de Pitalito -Huila- que denegó el amparo a los derechos fundamentales del joven Jefferson Vargas Espinosa en contra de la E.P.S-S. COMFAMILIAR.
  3. SEGUNDO. CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales a la salud y vida en condiciones dignas del Jefferson Vargas Espinosa y en consecuencia ORDENAR al representante legal de la E.P.S-S. COMFAMILIAR, que, si aún no lo ha hecho, le SUMINISTRE en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, tanto la silla de ruedas, como la colchoneta anti-escaras que requiere y le fueron ordenadas.
  4. TERCERO. FACULTAR a la E.P.S-S. COMFAMILIAR para recobrar ante la Secretaría Departamental de Salud del Huila, los gastos en que incurra por el suministro de la silla de ruedas y de la colchoneta anti-escaras que fueron objeto de esta acción constitucional y que no tiene la obligación legal ni constitucional de asumir.
  5. CUARTO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.