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Tutela ruling (T)July 6, 2012

T-508 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Adriana María Guillén Arango

✓Claimant Manuel Vicente Tuesca Jimenez·Respondent Policia Nacional

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Contra La Policia Nacional
  • Reconocimiento de la pensión de jubilación si es procedente o reintegro a la entidad de acuerdo con las capacidades sicofísicas del actor
  • Retiro del servicio activo por disminución de capacidad psicofísica
Accion De Tutela Transitoria Para Evitar Perjuicio Irremediable
  • Inminencia, urgencia, gravedad e impostergabilidad de la tutela, deben encontrarse efectivamente comprobadas
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Debe desplegar conducta activa u omisiva para el proceder del mecanismo judicial
Temeridad
  • Supuestos para su configuración
Derecho De Petición
  • Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
7 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El accionante, prestando sus servicios a la Policía Nacional, sufrió un accidente de trabajo que le generó una pérdida de la capacidad laboral que fue calificada en un 39% y el consecuente retiro del servicio activo.

Solicita que, en virtud de ser padre cabeza de familia de tres menores de edad y tener una capacidad residual para desempeñar otras funciones al interior de la institución, se ordene su reintegro y el reconocimiento de su pensión de jubilación.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

La inmediatez como requisito de procedibilidad de la acción de tutela. 2º.

La conducta activa u omisiva que debe desplegar el sujeto pasivo de la acción constitucional para efectos de que este mecanismo resulte procedente. 3º.

La procedibilidad de la acción de tutela en los eventos en que ésta se instaura para prevaler la consumación de un perjuicio irremediable. 4º.

El retiro del servicio de personal de la Policía, como consecuencia de un concepto de la Junta Médico Laboral carente de motivación y 5º.

Las exigencias jurisprudenciales para que la respuesta de una solicitud satisfaga el derecho de petición.

Se CONCEDE el amparo solicitado frente al derecho de petición y se CONCEDE DE MANERA TRANSITORIA respecto a los derechos al mínimo vital y al debido proceso.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el veinticinco (25) de enero de dos mil doce (2012) por la Sala Cuarta Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, providencia que, a su vez, confirmo la sentencia del veintiocho (28) de noviembre de dos mil once (2011) adoptada por el Juzgado Promiscuo de Familia de Sabanalarga, y, en su lugar, CONCEDER el amparo frente al derecho de peticion y CONCEDER DE MANERA TRANSITORIA el amparo de los derechos al minimo vital y al debido proceso de Manuel Vicente Tuesca Jimenez.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTO la Resolucion No. 03342 del 04 de agosto de 2008 que dispuso el retiro del servicio por disminucion de la capacidad sicofisica de Manuel Vicente Tuesca Jimenez hasta que la jurisdiccion competente se pronuncia sobre el presente asunto de forma definitiva.
  3. Tercero. En consecuencia, ORDENAR a la Policia Nacional que, en el perentorio termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, se reintegre al accionante en la actividad que venia realizando o en una conforme con sus capacidades sicofisicas hasta tanto la jurisdiccion competente se pronuncia sobre el presente asunto de forma definitiva.
  4. Cuarto. Asimismo, ORDENAR a la Policia Nacional responder de fondo y de manera clara, completa y congruente, de conformidad con la parte motiva de esta providencia, la peticion presentada por el senor Manuel Vicente Tuesca Jimenez referente a su pension de jubilacion, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia. En caso de que la Policia Nacional estime que esta peticion es conducente, debera actuar de conformidad con esta apreciacion, esto es, debera proceder inmediatamente a reconocer y pagar la pension al demandante y, en dicho escenario, no habra lugar al reintegro ordenado en el numeral anterior.
  5. Quinto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla el expediente radicado con el numero 00043-00-2009, correspondiente al proceso de tutela instaurado por Manuel Vicente Tuesca Jimenez en contra de la Policia Nacional.
  6. Sexto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 47cited by 6 →T-508/12C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993T-1316/01 — Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De E · cited 672 timesT-1316/012001SU.1184/01 — Derecho Al Debido Proceso. Desconocimiento Del Juez Natural. Fuero Penal Militar E Integral. Deberes De Seguridad En El Trafico Y Salvamento · cited 642 timesSU.1184/012001T-158/06 · cited 559 timesT-158/062006C-531/00 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada Del Discapacitado. Indemnización Por Despido O Terminación Como Sanción Adicional · cited 351 timesC-531/002000T-198/06 · cited 312 timesT-198/062006T-141/17 — Derecho A La No Discriminaciòn Por Orientacion Sexual Diversa. Proteccion Constitucional. · cited 23 timesT-141/172017T-506/15 — Improcedencia Reconocimiento Seguro De Vida A Pareja Del Mismo Sexo Por No Configurarse Perjuicio Irremediable. · cited 11 timesT-506/152015T-376/18 — Regimen De Transicion De La Ley 100/93 Frente A Los Casos De Traslado Entre Regimenes Y/O Multivinculacion. · cited 5 timesT-376/182018T-499/20 — Derecho A La Reubicacion De Los Miembros De La Fuerza Publica Y Debido Proceso En La Expedición De Los Dictámenes De Pérdida De La Capacidad · cited 2 timesT-499/202020T-855/14 · cited 2 timesT-855/142014T-222/24 — Derechos Al Trabajo Y Debido Procedimiento Administrativo Policivo (Cierre De Establecimiento De Comercio)-Deberes De Las Autoridades Locale · cited 1 timesT-222/242024
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.