T-507 de 2007
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Mery Luz Sanchez Espitia Vs. Compensar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- La EPS deberá realizar nueva valoración psiquiátrica para determinar si el tratamiento requiere hospitalización o la paciente puede ser atendida en el ámbito familiar
- No se justifica la posición de la EPS de suspender el tratamiento con el argumento de que la paciente no puede estar hospitalizada más de 30 días
- Suministro de tratamiento y medicamentos por la EPS y repetición contra el Fosyga
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
- Hermano en representación de hermana que padece enfermedad psicológica
- Fundamental por conexidad con la vida digna
- Compromiso familiar a través de apoyo y colaboración
- Corresponde al juez evaluar y determinar si el tratamiento puede practicarse o no con participación de la familia
- Personas que padecen enfermedades psicológicas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida de afiliada que padece una enfermedad mental llamada depresion bipolar afectiva que requiere atencion especializada en centro hospitalario toda vez que su depresion la podria llevar al suicidio pero la entidad le manifesto que segun su reglamento despues de 30 dias continuos de hospitalizacion los costos deben ser asumidos por el afiliado.solicita se ordene a compensar cubrir los gastos de hospitalizacion hasta que la enfermedad sea superada.legitimacion para incoar accion de tutela a nombre de persona incapacitada para ejercer su propia defensa.
Alcance del principio de solidaridad frente a la proteccion especial de los disminuidos psiquicos.
Proteccion fundamental al derecho a la salud en conexidad con la vida para el suministro de tratamientos o medicamentos excluidos del pos.
Reglas jurisprudenciales para la inaplicacion de las normas que regulan el pos.
Accion de repeticion contra fosyga.concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Bogota D.C., del catorce (14) de febrero de 2007, por las razones expuestas en la presente providencia.
- SEGUNDO. CONCEDER la tutela para la proteccion del derecho a la salud en conexidad con el derecho a la vida de Mery Luz Sanchez Espitia.
- TERCERO. ORDENAR a Compensar E.P.S., que dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas, someta a valoracion psiquiatrica a Mery Luz Sanchez Espitia y dependiendo del concepto del medico tratante adscrito a la entidad, se suministre todos los procedimientos, medicamentos, examenes y tratamientos P.O.S. y NO P.O.S. que requiera Mery Luz Sanchez Espitia para tratar la enfermedad que padezca. Esta orden incluye la hospitalizacion por el termino senalado por el medico tratante, o, en su lugar, si el medico tratante lo estima conveniente, la atencion medica domiciliaria en la forma prescrita por el galeno.
- CUARTO. Si se requiere la hospitalizacion de Mery Luz Sanchez Espitia por mas de treinta dias INAPLICAR con base en el articulo 4, 11, 47 y 48 de la Constitucion Politica, la Resolucion 5261 de 1994 articulo 18 literal j).
- QUINTO. ORDENAR al Juez
- Cuarto. Civil Municipal de Bogota D.C. que verifique el cumplimiento de lo dispuesto en esta sentencia. Para estos efectos, debera tener en cuenta, la valoracion medica que se ordeno en el numeral tercero, y si se ordena la hospitalizacion, exigira a Compensar E.P.S. que cada 30 dias como lo establece el articulo 18 literal j) de la Resolucion 5261 de 1994, rinda un informe medico, para poder establecer si la necesidad de tratamiento hospitalario para la senora Mery Luz Sanchez se mantiene o si, por el contrario, es posible que su familia le preste la atencion requerida en su propia casa.
- SEXTO. PREVENIR a Compensar E.P.S. para que en el evento, en que el medico tratante diagnostique un tratamiento medico en el domicilio de la paciente, otorgue y garantice a la familia una capacitacion medica adecuada para poder implementar un tratamiento acorde a las prescripciones medicas.
- SEPTIMO. Compensar E.P.S. podra repetir contra el FOSYGA, por la suma de los dineros invertidos en el cumplimiento de la orden emitida en este fallo y que no le corresponda de acuerdo con la normatividad vigente.
- OCTAVO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.