T-462 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Guillermo Sáenz Y Otros·Respondent Director Penal De Acacías-Meta Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso de requisa con perros
- Representa amenaza a este derecho y esa práctica puede ocasionar la vulneración efectiva de la integridad de quienes son objeto de la misma
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vida digna, igualdad, intimidad personal y familiar.
Los accionantes se encuentran recluidos en el Centro Penitenciario de Acacias- Meta, solicitan se ordene a la entidad accionada, regular de manera apropiada el manejo de perros como instrumento para requisar a las personas que los visitan y a los mismos internos.
La Corte procede a analizar los derechos de los reclusos y sus visitantes en las normas nacionales internacionales y la jurisprudencia de esta Corporación respecto del tema, la Sala considera que la realización de requisas utilizando ejemplares caninos, no resulta en si misma contraria a la Constitución, pero si el guía canino no tiene control sobre el animal y este entra en contacto directo con los genitales de las personas, o las intimida, atemoriza o averguenza, entonces si se esta ante un abuso de los derechos fundamentales, por lo tanto se previene a la entidad accionada para que establezca un reglamento que disponga, que durante las requisas tanto a los internos como a sus visitantes los perros deben mantenerse sujetos mediante la traíla y el bozal, e imponga los controles necesarios a fin de evitar que se presenten tratos como los que mencionan los demandantes, este mandato la Corte lo hace extensible a todo el país, por último se previene al Director del INPEC y al director de la Penitenciaria accionada, para que realicen un seguimiento a la actividad laboral de los integrantes de los “binomios caninos”, para evitar la eventual vulneración de derechos relacionados con la integridad personal tanto de los internos como de sus visitantes.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR las decisiones del Juzgado Penal del Circuito de Acacías-Meta del 5 de diciembre de 2008 en el proceso 50006310400120080013900 (T-2.196.864)91, y del Juzgado Penal del Circuito de Acacías-Meta del 11 de diciembre de 2008 en el proceso 5000631040012008001480092 (T- 2.196.867), en cuanto no tutelan el derecho a la integridad personal de los demandantes, amenazado de vulneración.
- Segundo. ORDENAR a los accionados que establezcan un reglamento que disponga que durante las requisas tanto a los internos como a sus visitantes los perros deben mantenerse sujetos mediante la traílla y el correspondiente bozal cuando sea el caso.
- Tercero. PREVENIR tanto al Director del INPEC como al Director del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Acacías Meta, para que realicen un estricto seguimiento de la actividad laboral de los integrantes del Cuerpo de Custodia y Vigilancia en general, y en particular sobre los integrantes de los llamados "binomios caninos", para evitar por todos los medios posibles la vulneración de derechos relacionados con la integridad personal y la dignidad humana, tanto de los internos como de sus visitantes. Y PREVENIR, en general, a los demandados para que impongan los controles necesarios a fin de evitar que se presenten tratos poco respetuosos contra los reclusos o sus visitantes, como los que mencionan los demandantes, mandato que se extenderá a todos los establecimientos carcelarios y penitenciarios del país.
- Cuarto. REMITIR copia de estos expedientes a la Procuraduría Regional Meta, la Defensoría del Pueblo Regional Meta y el Personero de Acacías, para que realicen las investigaciones pertinentes, y prevenirles para que presten a los internos y sus visitantes el apoyo que requieran y velen por el cumplimiento de las órdenes que se impartan en esta sentencia.
- Quinto. Por Secretaría General, líbrese la comunicación a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.