T-430 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
✓Claimant Cristina Tobon Arbelaez·Respondent Ministerio De Educacion Nacional
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Parámetros que debe atender el Ministerio de Educación
- Ministerio de Educación niega a la accionante la convalidación de título con el argumento de ser título propio
- Obligación del Estado
- Finalidad
- Alcance de la Resolución 5547/05 ya se definió
- Orden al Ministerio de Educación iniciar trámites para la convalidación de título obtenido en el exterior y si no es posible, realice la evaluación académica para determinar si procede o no la convalidación
- Obligatoriedad de las sentencias T-956/11 y T-232/13
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La actora cursó una maestría en la universidad de Salamanca (España) y cuando regresó a Colombia solicitó la convalidación del título ante el Ministerio de Educación, para así poder acceder al mercado laboral y proseguir la investigación final, correspondiente al doctorado que estaba realizando en la misma institución.
El ministerio negó la solicitud, invocando para ello la Resolución 5547 de 2005.
La peticionaria considera que esta negativa vulnera sus derechos fundamentales de petición, debido proceso, trabajo, mínimo vital, dignidad e igualdad.
Por su parte, la entidad adujo que de acuerdo a la regulación vigente, el trámite solicitado debía cumplir con el examen de legalidad que incluye verificar que el título obtenido en el extranjero tenga el rango de educación superior, circunstancia que no se cumplió en el caso concreto.
La Sala reitera los argumentos establecidos en la jurisprudencia constitucional que rigen el proceso de convalidación del título extranjero, así como las pautas adscritas a la obligatoriedad del precedente constitucional para las autoridades administrativas.
Se confirman las decisiones de instancia que concedieron la protección del derecho al debido proceso y se compulsan copias de la presente sentencia a la Oficina de Control Interno del Ministerio de Educación, para que establezca la existencia de responsabilidades disciplinarias por no aplicarse la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Igualmente, para que verifique la aplicación de los precedentes constitucionales a las diferentes funciones del organismo y compruebe que en el presente caso se cumplan las pautas, etapas y términos establecidos en la Resolución 5547 de 2005.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, de fecha 4 de diciembre de 2013, que confirmo el proferido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota del 12 de noviembre de 2013, en cuanto concedio la proteccion del derecho al debido proceso de la ciudadana Cristina Tobon Arbelaez.
- SEGUNDO. COMPULSAR COPIAS de esta providencia con destino a la oficina de control interno del Ministerio de Educacion Nacional para que: (i) establezca la existencia de responsabilidades disciplinarias por no aplicarse la jurisprudencia de la Corte Constitucional; (ii) verifique la aplicacion de los precedentes constitucionales a las diferentes funciones del organismo y (iii) compruebe que en el presente caso se cumplan con las pautas, etapas y terminos establecidos en la Resolucion 5547 de 2005.
- TERCERO. Por la Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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