JurídicoESEN
Tutela ruling (T)September 21, 2020

T-413 de 2020

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Paula Eloisa Santafe Duque·Respondent S.O.S. E.Ps. Y Otros

✓
Topic · hard data
Principio De Continuidad En La Salud De Menor Con Enfermedad Huerfana
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes Con Enfermedades Huerfanas
  • No vulneración por cuanto la Entidad Promotora de Salud demostró el cumplimiento de sus deberes de aseguramiento y atención en salud del menor
Derecho A La Libre Escogencia De Ips Por Parte Del Usuario Y Derecho De La Eps A Escoger Con Que Ips Contratar
  • Debió concederse la tutela, por cuanto se cumplen todas las condiciones que hacen procedente el amparo
Sistema General De Seguridad Social En Salud
  • Deberes de los participantes
  • Cobertura, participantes afiliados y vinculados
Enfermedades Huerfanas
  • Características
  • Contexto normativo
7 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La accionante, actuando en representación de su hijo de seis años de edad, considera que la E.P.S. accionada vulneró derechos fundamentales del niño, al decidir cambiar la IPS tratante de su patología, la cual es un trastorno hemorrágico de carácter hereditario que ocasiona sangrado de manera prolongada, en tanto la sangre no contiene suficientes factores de coagulación.

Dicho trastorno es considerado como una enfermedad huérfana.

La entidad argumentó la terminación del convenio con la institución.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

El derecho a la salud, especialmente en los relativo a esta garantía para los niños y las personas que padecen enfermedades huérfanas. 2º.

El principio de continuidad en el derecho a la salud y, 3º.

Los deberes de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Se confirma la decisión de instancia que NEGÓ el amparo invocado.

Se autoriza a la accionada trasladar de IPS al menor, siempre y cuando se asegure un tratamiento adecuado y la satisfacción de los principios del Sistema de Seguridad Social en Salud.

Se pide a la accionante cumplir las obligaciones frente a su hijo, de manera que garantice que él pueda recibir los tratamientos que los médicos tratantes le provean y se abstenga de impedir el acceso del niño a los servicios de salud prescritos para la atención de su patología.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de Cali del 24 de octubre del 2019, mediante el cual negó el amparo presentado por Paula Eloísa Santafé Duque en representación de su hijo Gustavo Santafé Duque y en contra de la EPS Servicios Occidentales de Salud.
  3. Segundo. AUTORIZAR a la EPS Servicios Occidentales de Salud a trasladar de IPS al niño Gustavo Santafé Duque, siempre y cuando se asegure un tratamiento adecuado al menor y la satisfacción de los principios del Sistema de Seguridad Social en Salud.
  4. Tercero. INSTAR a la señora Paula Eloísa Santafé Duque para cumpla sus obligaciones frente a su hijo Gustavo Santafé Duque, de manera que garantice que él pueda recibir los tratamientos que los médicos tratantes le provean y se abstenga de impedir el acceso del niño a los servicios de salud prescritos para la atención de su patología.
  5. Cuarto. ORDENAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que brinde acompañamiento al niño, para garantizar que acceda efectiva y oportunamente a los servicios de salud para el manejo de su patología.
  6. Quinto. DESVINCULAR del presente proceso a la Administradora de Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud (ADRES).
  7. Sexto. LÍBRESE por la Secretaría General de la Corte Constitucional la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto Estatutario 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentAlberto Rojas Ríos
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.