T-393 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra
✓Claimant Maria Jazmín Bautista Aponte Vs. Hospital La Victoria
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fundamental autónomo
- Obligación de la ARS de suministrar medicamento comercial ordenado por el médico y no el genérico
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud y a la seguridad social de menor de edad que padece epilepsia beneficiaria del regimen subsidiado a quien le fue formulado medicamento no pos que la entidad se niega a suministrar pero le suministra un medicamento generico que no tiene el mismo grado de efectividad.
Solicita se ordene la entrega del medicamento formulado por el medico tratante.
Derecho fundamental a la salud de los niños comprende el suministro de medicamentos necesarios ordenados por el medico tratante.
La demandada no debe o puede cambiar un medicamento comercial generico hasta tanto no se cerciore de que ese cambio no le va afectar al paciente su salud.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Dos Civil Municipal de Bogotá en la acción de tutela instaurada por la señora Maria Jazmín Bautista Aponte en representación de su menor hija Cindy Lorena Bautista y en su lugar, tutelar los derechos fundamentales a la salud y la seguridad social de la menor.
- Segundo. ORDENAR al Hospital La Victoria Nivel III E.S.E., que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, suministre el medicamento VALCOTE ER 500 mg, que bajo prescripción del médico tratante debe tomar la menor paciente, por el tiempo que él mismo señale para el control de la enfermedad que aqueja a la menor Cindy Lorena Bautista.
- Tercero. El Hospital La Victoria Nivel III E.S.E. podrá repetir en contra del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) para que este asuma la diferencia del costo en que incurra en el suministro del medicamento indicado. Pago que deberá verificarse en el término de seis meses (6) contados a partir de la respectiva solicitud
- Cuarto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.